La noción de castigo se ha vuelto indudablemente polisémica en el tercer milenio. Si bien es posible establecer analogías conceptuales en las lógicas legitimantes que respecto del mismo se acuñan desde la más remota antigüedad, nunca como ahora el castigo ha derivado en un fetiche disciplinar aceptado en claves diversas,  que en todos los casos cancela cualquier tipo de cuestionamiento a una práctica violenta a la que se le adjudica “ontología" propia.

La sangrienta represión desatada contra comuneros mapuches en Chubut obliga a reanalizar la relación jurídicamente saldada, según la cual el Estado Constitucional de Derecho debe “reconocer”  los distintos grupos culturales que (pre) existen en su territorio y debe comprender las distintas intuiciones, percepciones y perspectivas del mundo que cada uno de esos agregados posee.


Por Eduardo Luis Aguirre

Los jueces son, entre otras cosas, proveedores de significados. Por eso, aunque resulte incómodo admitirlo, nunca deberían perder de vista que con sus sentencias imparten mensajes a la sociedad. Y esos mensajes trascendentales, tienen que ser, necesariamente, compatibles con el rol de los juristas (que desde luego lo son, dada su condición técnica) que es, primordialmente, acotar el poder punitivo del estado. Esa función acotante no se expresa únicamente con la imposición de penas leves, sino -y he aquí lo verdaderamente trascendente- mediante la obturación de pulsiones de muerte que, como en el caso de la habilitación infundada de los permisos legales conlleve guiños legitimantes de la justicia por mano propia. Siempre, desde luego, ejercitada contra los homo sacer. Si no se asume por parte de la judicatura ese protagonismo social indelegable, corremos el riesgo de retroceder a la aporía de los tribunales formalistas, que creen que sus decisiones adquieren legitimidad en tanto puedan articular lógicas aparentes de subsunción del derecho en las normas. Las lógicas formales no se preocupan de evaluar los efectos de los fallos ni los mensajes que se trasmiten a la sociedad.
 
 La comprensión del derecho como un hecho social, y la necesidad constitucional de fundamentación de las sentencias han dado lugar, por una parte,a la teoría de la argumentación. Pero, por otro lado, han hecho florecer por doquier el flagelo de la fundamentación aparente de las resoluciones de los tribunales. Ambos aspectos deben ser materia de análisis desde una perspectiva crítica de la teoría (y la práctica) del derecho, porque algunas de sus consecuencia comienzan a constituir un comprensible motivo de preocupación ciudadano. La erudición formalista dota a los jueces, en tanto juristas, de una capacidad y una potencialidad de sofisticación para desplegar argumentos dogmáticos e incluso citas de autores de reconocido prestigio para arribar a conclusiones ilógicas, contrarias al metarrelato de esos doctrinarios, que no buscan sino convalidar los pre-juicios o ante-juicios que los decisores judiciales tenían antes de ser llamados a conocer y decidir. Es, lo que en criminología, se asume como la ideología de jueces y fiscales. Ideología entendida como falsa conciencia y pre-juicio concebido como una forma de pararse de cara al conflicto para favorecer determinada conclusión con una postura formada a priori. La fundamantación, en consecuencia, no será el producto de una derivación razonada, sino una manera socialmente inaccesible (por ende, insusceptible de refutación) de deber ser, pero que también avanza sobre el ser. Y que, en todos los casos, omiten la proclama inexcusable de que en los estados sociales de derecho los conflictos deben decidirse de manera pacífica. Por ende, hasta la calificación y el monto de la pena pueden resultar accesorios. Pero los mensajes, no.
PD: pocos días después, una vez producida la muerte de un cazador de liebres por parte de la policía, un posteo al pie de la noticia iluminaba brutalmente la situación que planteamos en el artículo: Mira a un campo no te podes meter y no te olvides q los cazadores le disparan a la policía, en este caso hay una legitima defensa es obvio ahh y para cazar tenes q tener permiso y un montón de cosas

Es preferible saber a dónde ir y no cómo, que cómo ir y no adónde

Todo parece indicar que –como lo han venido haciendo sus mentores hasta ahora- los evaluadores del sistema penal en la Provincia de La Pampa arrimarán sus conclusiones haciendo fuerte hincapié en las denominadas “reformas de segunda generación” creadas en el marco del ya no tan “nuevo” paradigma de gestión pública (New Public Management), variante cosmética del Consenso de Washington y sus duras políticas neoliberales de reconversión del Estado.

“Tenemos el desafío de bajar la invisibilidad social porque no todos los seres humanos son tratados como personas. Es necesario contar con funcionarios profesionales y tener los instrumentos para llenar de defensores públicos a toda América Latina, América del Norte y porqué no, todo el mundo” (Haman Tabosa de Moraes, Defensor Público General Federativa de la República Federativa del Brasil).

Prácticamente desde que asumió su función, en el año 2012, el titular de la Defensa Pública santafesina, Gabiel Ganón, fue objeto de una persecución sistemática por parte de diversas agencias estatales y poderes fácticos determinados que observaron la labor del funcionario como una amenaza para el establishment local.

Por Nora Merlín

Ni una menos
Una decisión colectiva expresada por la consigna "Ni una menos" está poniendo en cuestión algunos "patrones" naturalizados que funcionaban como pilares organizadores de la cultura: mandatos machistas, violentos y en su forma extrema femicidios.

En la Argentina asistimos a un cambio de época que excede largamente los matices insustanciales de la mera transición de un gobierno a otro. Abarca, en su  imperceptible profundidad, la renovada disputa por la cultura, por la construcción de nuevas subjetividades, por la configuración de un nuevo sentido común, de una cosmovisión del mundo y de las relaciones intersubjetivas en su conjunto.

"La barbarie no existe, pero si existe, nosotros somos más bárbaros que los indios. El universalismo cristiano se conjuga aquí con la valoración positiva del buen salvaje" (Todorov,Tzvetan: El miedo a los bárbaros, Ed. Galaxia Gutemberg, 2014, p.38)

El concepto de Relaciones Internacionales, fundamental para comprender los comunes denominadores entre control global y derecho, se ha vuelto particularmente polisémico durante la modernidad tardía.