Hace pocos días, el Presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció su decisión
de denunciar a Barack Obama por crímenes contra la Humanidad. En ese momento, la
motivación del anuncio radicaba en la negativa norteamericana de permitir el
sobrevuelo de un avión oficial venezolano, con el Presidente Maduro a bordo,
sobre el espacio aéreo portorriqueño. Una maniobra demasiado parecida a la que
las principales potencias, habían hecho sufrir pocos meses atrás al propio
mandatario boliviano.
Por primera vez quedaba planteada, de manera explícita, la voluntad de un
país soberano de América del Sur de denunciar ante los organismos
internacionales competentes a la primera potencia mundial por violar estándares
mínimos en materia de Derecho Internacional.
No ha sido este atropello estadounidense, por cierto, el único ni el último.
Hace pocas horas, la Presidenta Dilma Rousseff denunció en la 68ª Asamblea de
la ONU al espionaje perpetrado por Estados Unidos sobre organismos y empresas
brasileñas, como un nuevo atentado a los Derechos Humanos de la potencia
sudamericana.
Y todavía falta dilucidar la responsabilidad penal de los líderes
estadounidenses respecto de Cuba, en lo que implica una conducta de tracto
continuado francamente violatoria de derechos fundamentales del pueblo cubano.
Para que no se olvide esta inaceptable ofensa, es necesario detallar la conducta
continuada, potencialmente genocida, del gobierno estadounidense contra la
República de Cuba[1],
por su gravedad intrínseca inaceptable, los daños inferidos de manera metódica,
ininterrumpida y sistemática y la permisividad de las organizaciones y agencias
institucionales internacionales, toda vez que la agresión, anterior a la
creación de la Corte Penal Internacional, se continúa perpetrando a la fecha y
es escandalosamente silenciada por la comunidad internacional[2].
Pese a que numerosas resoluciones de la antigua Comisión de Derechos
Humanos, la Asamblea General y el propio Consejo de Derechos Humanos, así como
reiteradas Declaraciones Políticas aprobadas en importantes Cumbres y
Conferencias Internacionales auspiciadas por las Naciones Unidas, han dictaminado
que la aplicación de medidas económicas coercitivas unilaterales es violatoria
de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho Internacional, la perpetración
de estas conductas continúa de manera inalterable[3].
Ello así a pesar de que es sabido que la adopción e implementación de
medidas coercitivas unilaterales como instrumento de coerción política y
económica atenta contra el pleno disfrute de todos los Derechos Humanos, contra
la independencia, la soberanía y el derecho de libre determinación de los
pueblos. Las principales víctimas de estas medidas son los pueblos de los
países objeto de las mismas, en particular, los grupos más vulnerables de la
población, especialmente los niños, las mujeres, los ancianos y los
discapacitados[4].
Más aún, desde fechas tan tempranas como 1970, la Asamblea General de
Naciones Unidas dispuso claramente en que ningún Estado puede usar o alentar el
uso de medidas económicas, políticas o de cualquier otro tipo para coaccionar a
otro Estado, con vista a obtener la subordinación del ejercicio de sus derechos
soberanos u obtener de este ventajas de cualquier tipo[5], lo cual
quedó refrendado en La Declaración sobre los principios del Derecho
Internacional, referente a las relaciones de amistad y a la cooperación entre
los Estados[6]:
“Estados Unidos ha adoptado y aplicado a largo de estos años distintas leyes y
medidas coercitivas unilaterales contra Cuba. Entre las más conocidas y
repudiadas internacionalmente sobresalen las llamadas leyes Torricelli de 1992 y Helms-Burton de 1996, cuyas disposiciones
son contrarias a la Carta de las Naciones Unidas, violatorias del Derecho
Internacional vigente y de los acuerdos de la Organización Mundial del Comercio
(OMC). Mediante estas leyes, de marcado carácter extraterritorial, el Gobierno
de Estados Unidos ha reforzado y extendido a terceros Estados, sus empresas, y
ciudadanos, la aplicación del bloqueo económico, comercial y financiero, que ha
impuesto contra Cuba por 50 años”[7].
“Los daños provocados por el carácter extraterritorial de las medidas
coercitivas unilaterales se multiplican por la importante participación de los
Estados Unidos y sus empresas en el comercio y las inversiones transnacionales.
Tanto las inversiones de empresas de terceros países en los EE.UU., como las
norteamericanas en el exterior, fundamentalmente en la forma de fusiones y
adquisiciones totales o parciales de empresas, agravan los efectos
extraterritoriales de estas medidas, al reducir el espacio económico externo de
Cuba y hacer más difícil, a veces imposible, la búsqueda de socios y
suministradores para sortear el férreo bloqueo norteamericano. Más de las dos
terceras partes de la población cubana (70%) han nacido y vivido siendo objeto
de las medidas coercitivas unilaterales aplicadas por el gobierno de los
Estados Unidos contra Cuba. Según cálculos muy conservadores el daño directo a
Cuba como resultado del bloqueo, hasta diciembre del 2008, supera los miles de
millones de dólares. No es difícil imaginar el progreso que Cuba habría
alcanzado y del cual se le ha privado, si durante estos 50 años no hubiese
estado sometida a estas medidas coercitivas unilaterales de bloqueo”[8].
“Tras la aprobación de la más reciente resolución de la Asamblea General de las
Naciones Unidas pidiendo el levantamiento del bloqueo económico, comercial y
financiero contra Cuba, adoptada por una abrumadora mayoría de votos de los
Estados miembros el 28 de octubre del 2009, y a pesar de la existencia de otras
17 resoluciones anteriores que incluyen esa justa reivindicación; el Gobierno de
los Estados Unidos ha continuado aplicando sus acciones contra el pueblo cubano
con todo rigor como muestra de su más absoluto desprecio a las Naciones Unidas,
al multilateralismo y al Derecho Internacional. El gobierno norteamericano ha
intensificado sus intentos de fomentar la subversión en Cuba reclutando a
mercenarios dispuestos a vender sus servicios a cambio de una parte de los
millones de USD aprobados en Washington para tales fines. El objetivo último no
es otro que privar al pueblo cubano de su soberanía y del ejercicio de su
derecho a la libre determinación”[9].
“Sectores tan altamente sensibles como los de alimentación, salud, educación y
transporte, han estado entre los principales blancos de esta política genocida[10].
Las afectaciones del bloqueo al sector de la Salud Pública impactan
negativamente en el pueblo cubano y repercuten en su calidad de vida. Por
ejemplo:
§
Los niños
cubanos que padecen de leucemia linfoblástica y rechazan los medicamentos
habituales no pueden ser tratados con el producto norteamericano “Elspar”,
creado precisamente para casos de intolerancia. Como consecuencia su
expectativa de vida se reduce y aumentan sus sufrimientos. El gobierno
norteamericano prohíbe a la compañía Merck and Co. suministrarlo a Cuba.
§
No se ha podido
adquirir un Equipo Analizador de Genes, imprescindible para el estudio del
origen del cáncer de mama, de colon y de próstata, por ser fabricado
exclusivamente por compañías con patente norteamericana, como la firma Applied
Biosystem (ABI).
§
El Cardiocentro
Pediátrico “William Soler” se ve imposibilitado de adquirir dispositivos como
catéteres, coils, guías y stents, que se utilizan para el diagnóstico y
tratamiento por cateterismo intervencionista en niños con cardiopatías
congénitas complejas. A las empresas norteamericanas numed, aga y boston
scientific se les prohíbe la venta de estos productos a Cuba”[11].
Cuba reivindica permanentemente su soberano derecho y el deber
irrenunciable de denunciar los daños y violaciones que la política de bloqueo
ha impuesto a su pueblo, al propio pueblo de los Estados Unidos, a terceros
países y al Derecho Internacional. La aplicación de esta política de bloqueo
continúa siendo el principal obstáculo al desarrollo económico y social de Cuba
y constituye una violación flagrante, masiva y sistemática de los derechos
humanos de todo un pueblo y una trasgresión al derecho a la paz, el desarrollo
y la seguridad de un Estado soberano[12].
No obstante estas groseras violaciones a los
Derechos Humanos, nunca desmentidas, la relación de fuerzas imperantes a nivel
internacional, y sobre todo, el papel históricamente desempeñado por el Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas, hace que el sistema penal internacional no
haya mostrado vocación alguna en la persecución y enjuiciamiento de estos
crímenes, perpetrados concomitantemente con el otorgamiento del Premio Nobel de
la Paz al Presidente Demócrata de los Estados Unidos.
[1] Nota de Respuesta
de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”, Cuba
Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, disponible en http://www.cubaminrex. cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[2]
“La Misión Permanente
de la República
de Cuba ante la Oficina
de las Naciones Unidas y los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, ha
remitido con fecha 10 de marzo del 2010 al Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos los comentarios del Gobierno de la República de Cuba en
relación con la Nota GVA
0017, de fecha 8 de enerode 2010, mediante la cual se solicitara información en virtud de la resolución 12/22
del Consejo de Derechos Humanos, titulada “Derechos Humanos y Medidas
Coercitivas Unilaterales”, obviamente perpetradas por los Estados Unidos y
nunca sancionadas”.
[3] Nota de
Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”,
Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, disponible en
http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[4] Nota de Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas
Unilaterales”, Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Cuba, disponible en http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[5] Nota de Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas
Unilaterales”, Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Cuba, disponible en http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[6] “Cuba,
es víctima, sin embargo, desde hace más de 50 años, de la aplicación de medidas
coercitivas unilaterales impuestas por países desarrollados, particularmente
por el gobierno de Estados Unidos de América. La aplicación de medidas
coercitivas unilaterales ha sido el instrumento fundamental de la política de
hostilidad y agresión de los Estados Unidos contra Cuba, en su propósito de
destruir el sistema político, económico y social establecido por la voluntad
soberana de la ciudadanía cubana. El bloqueo económico, comercial y financiero
impuesto por los Estados Unidos contra Cuba, es el sistema de sanciones
unilaterales más prolongado y cruel que se haya aplicado contra país alguno o
haya conocido la historia de la humanidad. Su objetivo fue definido desde el 6
de abril de 1960, y ha sido la destrucción de la Revolución Cubana:
“…a través del desencanto y el desaliento basados en la insatisfacción y las
dificultades económicas (…) negarle dinero y suministros a Cuba, para disminuir
los salarios reales y monetarios, a fin de causar hambre, desesperación y el
derrocamiento del gobierno…” “Constituye, asimismo, un componente esencial de
la política de Terrorismo de Estado, desplegada contra Cuba sucesivamente por
diez administraciones norteamericanas que, de forma sistemática, acumulativa e
inhumana, ha afectado a la población cubana sin distinción de edad, sexo, raza,
credo religioso o posición social”. “Esta política califica, además, como un acto
de genocidio, en virtud del inciso (c) del artículo II de la Convención de Ginebra
para la Prevención
y la Sanción
del Delito de Genocidio, del 9 de diciembre de 1948. El bloqueo contra Cuba
califica también como un acto de guerra y un delito de Derecho Internacional.
[7] Nota de
Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”,
Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, disponible en
http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[8] Nota de Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas
Unilaterales”, Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Cuba, disponible en http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[9] Nota de
Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”,
Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, disponible en
http://www.cubaminrex. cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[10] “El respeto al Derecho Internacional existe para todos por igual,
como paradigma irrenunciable de la convivencia pacífica y la justicia en el
planeta. Es inadmisible que el Gobierno de los Estados Unidos continúe aplicando
medidas y disposiciones destinadas a mantener el bloqueo y a empeorar las
condiciones de vida del pueblo cubano, e ignore que la comunidad internacional
lleva 18 años llamando a poner fin al bloqueo contra Cuba en
sucesivas resoluciones de la Asamblea General de la ONU, a la par que condena
sistemáticamente la aplicación de medidas coercitivas unilaterales en la propia
Asamblea y en varios de sus órganos subsidiarios”.
[11] Nota de
Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”,
Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, disponible
en http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html
[12] Nota de Respuesta de Cuba sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas
Unilaterales”, Cuba Minrex, Sitio del Ministerio de Relaciones Exteriores de
Cuba, disponible en http://www.cubaminrex.
cu/derechos%20humanos/articulos/PosturasCuba/2010/Nota.html