El Colegio de Magistrados y Funcionarios de La Pampa acaba de replicar en nuestra Provincia un simulacro de juicio por jurados, a la manera en que estas novedosas puestas en escena son reproducidas cada vez mayor frecuentemente en la región. Bienvenida la iniciativa, sobre todo para aquellos que conciben al juicio popular como una forma de profundización de la democracia en materia de administración de justicia en la Argentina (no hace falta recordar que reconocidos expertos se oponen a la implantación del mismo, invocando, paradójicamente, razones en el fondo análogas). Con esto, dejo en claro mi postura  favorable acerca del mencionado ensayo.
Ahora bien, en lo sustancial, siento la necesidad de analizar críticamente el orden de prioridades y los contenidos conceptuales que se infieren de la matriz de la convocatoria, que sí merecen  algunos reparos.
El sistema de justicia penal en La Pampa ha sufrido en los últimos tiempos sucesivas evidencias de su crisis de legitimidad, expresada simbólicamente a partir de episodios emblemáticos y socialmente conmocionantes.


Desde los recordados casos Carla y Sofía, pasando por las penalizaciones injustificadamente asimétricas aplicadas en casos virtualmente análogos, la estupefacción que generó el posible acuerdo de imposición de penas levísimas para tres policías que remitieron a las peores prácticas dictatoriales, y el forzamiento de un tipo penal atenuado en el caso de un niño asesinado, las respuestas jurisdiccionales frente a la conflictividad social fueron colocadas en entredicho por la mayoría de la sociedad pampeana. Esa rampa de deterioro en términos de legitimidad, precipitó finalmente hacia un hecho verdaderamente escandaloso que no ha merecido –curiosamente- ni siquiera una editorial que lo abordara. Cinco personas acaban de ser absueltas al final de un juicio donde se investigaba el homicidio de un vecino de Santa Isabel. Los cinco imputados permanecieron más de once meses privados de libertad, sufriendo una prisión preventiva aplicada sin explicación ni razonabilidad alguna. Un ejercicio de justificación binaria alcanzaría para intentar expiar las falencias exhibidas por un sistema integrado por operadores de carne y hueso. Podríamos decir, para que todo quede en la nada, como hasta ahora, que ha fallado la investigación de la policía o de la fiscalía. Pues bien, ese relato, en apariencia tranquilizador, suprime un tramo significativo de la verdad histórica: un juez de control y tres jueces del TIP, en cuatro oportunidades sucesivas, desestimaron –durante el largo período de cautiverio cautelar- los planteos  de las defensas que intentaban reexaminar la gravísima medida de coerción impuesta.
Insólitamente, a pocos días de conocerse el fallo, se hizo público, mediante un procedimiento demasiado parecido a una operación de prensa, un proyecto de ley que, entre otras perplejidades, confiere más facultades a los fiscales y habilita mayor poder punitivo respecto de la prisión preventiva (entre otros desaguisados), justamente, en un embate en franca colisión con el paradigma de la Constitución. Demasiado, como para no ensayar un ejercicio imprescindible de réplica.
Estos son los hechos que, objetivamente, deberían marcar la urgencia y el orden de prioridades de la justicia pampeana. No existe una política criminal racional, no hay siquiera atisbos de planteos de democratización del sistema, se apela a un peligrosísimo y regresivo culto a la “eficiencia” y la “gestión” como forma de eludir un análisis y un diagnóstico serio en materia de sociología de las profesiones y de las organizaciones, un aumento de la población carcelaria y una “huída” a la prisionización como forma de autopreservación individual.

Y lo que es peor, sufrimos sin tomar debida conciencia de ello, un proceso de colonización cultural que la defensa pública ha venido marcando enfáticamente, incluso promoviendo encuentros de debate y reflexión que no tuvieron la generosa cobertura periodística del simulacro, pero que congregaron a casi un centenar de personas hace poco más de un mes.
Esta interpretación vacía de contenido de los procesos penales como forma de administración de la conflictividad, amenaza con menoscabar los derechos y garantías de los imputados en aras del fetiche de un eficientismo de tercera velocidad, que parece haber sido el paradigma que se ha impuesto hasta ahora en La Pampa. No  hace falta realizar ejercicios ficcionales para constatar estas consecuencias, sino simplemente hacer un seguimiento de la evolución de estándares objetivos que así lo demuestran.
Este descalabro político criminal no puede analizarse sin caracterizar debidamente el rol y la gravitación que en el mismo han tenido y tienen ciertos cenáculos internacionales que han logrado instalar en la región sistemas realizativos clonados que se caracterizan por la criminalización sumaria de sectores sociales postergados y la macdonalización de los procesos. En La Pampa, desde que se implementó el nuevo sistema adversarial, han aumentado las tasas de encarcelamiento y se ha incrementado de manera sostenida el recurso de la prisión preventiva, cosa que estaba en las antípodas de los que se quería cuando se ideó el nuevo código. Voy a decirlo con nombre y apellido: nos gustaría, por ejemplo, escuchar explicaciones convincentes del CEJA (la nueva meca de incautación de la cultura jurídico penal latinoamericana), sobre estos aspectos. Esperamos que las mismas excedan los aspectos rituales o extrínsecos de las puestas en escena y la salvaguarda de los ritos, que al parecer adquieren una curiosa centralidad en estos procesos.
Queremos debatir respecto de la ideología que precede a estas concepciones de gestual eficientismo, desde una mirada comprometida con la democratización de los procesos y en modo alguno nostálgica de los sistemas inquisitivos.  También aguardamos, ansiosamente, que nos demuestren que estamos equivocados. Y esta expectativa no está condicionada por la más mínima ironía, aunque sí atravesada por las evidencias objetivas que surgen de estas nuevas prácticas de criminalización secundaria de máxima “efectividad”.
Este proceso de virtual colonización intelectual, de control y dominación de nuevo cuño, encuentra su base de operaciones justamente en la OEA, un organismo recientemente cuestionado por gobiernos populares y antiimperialistas por su connotación sesgada en materia de resguardo de derechos y garantías de los países soberanos de la región, y de sumisión a los dictados de la administración imperial. Esto también quisiéramos que se añadiera a las futuras, indispensables y -en este caso sí- urgentes discusiones sobre la justicia penal.