América Latina parece encaminarse, lenta pero inexorablemente, hacia formas realizativas  penales llamativamente análogas, a las que, en principio, la sociedad blanca y los estados consideran  compatibles con las Constituciones liberales y el Estado Constitucional de Derecho. Así, formas procesales caracterizadas por un sesgo acusatorio, donde se elimina la figura inquisitiva de una instrucción formalizada donde el juez instruye, averigua, aporta e incorpora pruebas y resuelve, tiende a sustituirse paulatinamente por instancias dinámicas el impulso de la acción penal corresponde al Fiscal, se propende a un mayor protagonismo de las víctimas durante el proceso, se incorporan formas de resolución de  conflictos alternativas a la punición, se desacralizan los procesos y se tiende a un derecho procesal de actos y no actas.

Sin perjuicio de esta mirada, que ha calado profundamente en los nuevos abordajes procesales, político criminales y constitucionales, en la academia y en la dogmática, las comunidades mapuches tienen algo que decir al respecto, como resultado de su propia historia colectiva y la forma en que han incorporado las nuevas tecnologías procesales en Chile. Un supuesto empíricamente verificable, cuyas consecuencias no podemos seguir soslayando.

El nuevo sistema, para ellos, representa (tal como empezamos a descubrirlo también nosotros en La Pampa) una mecanización acelerada, una suerte de automatización de procesos selectivos de criminalización que se abate sobre los sectores más vulnerables de la sociedad con la misma iniquidad y a una mucha mayor velocidad que los sistemas mixtos o inquisitivos, mediante acusaciones tan graves como terrorismo, asociación ilícita o entorpecimiento del transporte y circulación de las personas. La necesidad de un análisis crítico de los riesgos que, respecto de la criminalización de colectivos sociales apelando a figuras punitivas tan gravosas como el terrorismo, la asociación ilícita, la interrupción del normal funcionamiento de los medios de transporte, supone la necesidad de desmitificar las (nuevas) formas jurídicas y relevar los efectos que en la realidad objetiva su aplicación -siempre en apariencia neutra- ocasiona en los segmentos más expuestos frente a la conflictidad de las sociedades monistas. En este sentido, las lecturas iniciales que se han hecho sobre los nuevos sistemas procesales  de corte acusatorio ameritan una lectura crítica a partir de la incorporaciòn de las intuiciones de los sujetos perseguidos penalmente.
Quienes hemos hecho cuanto estuvo a nuestro alcance para remover las viejas prácticas inquisitoriales y sustituirlas por un sistema compatible con el programa constitucional, e impulsamos fuertemente la consagración de un código adversarial, debemos analizar con el mayor rigor la constatación de "efectos colaterales" manifiestamente contrapuestos a los ideales operantes originarios que inspiraron esta nueva forma de reglamentar la constitución provincial. Lo que pasa en Chile con los comuneros mapuches es un dato que guarda inquietantes similitudes con lo que ocurre en nuestra Provincia.
Ya en el año 2000, apenas entrada en vigencia el nuevo sistema procesal, se vivieron momentos de "tensa calma" en el centro de Temuco, luego de que un grupo de mapuches se reuniera a las afuera de la ciudad para protestar  contra la aplicación del nuevo sistema penal en esa región austral del país hermano.
Cerca de 50 mapuches, según relataban los sueltos priodísticos de la época, provenientes de diversas comunidades de la región, marcharon por diversas calles Temuco para manifestar su disconformidad ante el nuevo sistema judicial.
El werkén del Consejo de Todas las Tierras, Aucán Huilcamán, dijo entonces que la Reforma Procesal Penal negaba completamente al pueblo mapuche y los postergaba en toQdos sus derechos.
"Este proceso le da la espalda a todo nuestro pueblo. También viola el derecho internacional, que entrega mecanismos para resolver los conflictos entre el Estado y pueblo indígena", sostuvo.
Agregó además que este sistema era la oportunidad para incluir un régimen que permitiera el acceso a la justicia con mejores condiciones para los indígenas. "Estos han sido los mismos criterios que utilizó el Estado para despojarnos de nuestras tierras", 
Cabría preguntarse si esa percepción colectiva se ha modificado con posterioridad a aquellas protestas colectivas.
Durante el año 2009, Organizaciones del pueblo Mapuche rechazaron la detención del joven Waikilaf Cadin, líder indígena que fue apresado el pasado 11 de septiembre durante el homenaje al presidente chileno Salvador Allende.
"El joven líder mapuche alcanzó a estar en libertad sólo una semana luego de salir de la cárcel de Alta Seguridad de Valdivia, en la austral región de Los Lagos.
Cadin es hijo de la encarcelada lonko Juana Calfunao, de la comunidad Juan Paillalef, y del werken Antonio Cadin, preso hasta hace poco en Temuco.
Acusado de la colocación de una bomba en Temuco el 29 de diciembre de 2008, Waikilaf Cadin pasó seis meses en prisión preventiva y sin sentencia.
Detenido el 27 de marzo de 2009, el joven ex estudiante de Derecho fue enjuiciado por la ley antiterrorista que las organizaciones indígenas señalan como un ejemplo de la táctica policial orientada a neutralizar los liderazgos del pueblo mapuche.
Explicaron además, que en Chile se utilizan las medidas cautelares como mecanismo de control de la lucha política y social.
En este último año de gobierno de la presidenta socialista Michelle Bachelet, hay 87 presos políticos y/o procesados mapuche, una lista que incluye algunos activistas chilenos solidarios con su causa.
De ellos, 38 casos corresponden a personas que cumplen prisión efectiva actual. El ministerio público, por instrucciones del gobierno del ex Presidente Lagos, y ahora de Bachelet, ha aplicado la Ley Antiterrorista heredada de la dictadura, en 35 oportunidades.
Existen otros 44 casos de condenados y/o procesados con medidas cautelares. Cuatro mujeres mapuche están en prisión y 3 viven con medidas cautelares que restringen sus libertades democráticas (http://chilecontaminada.blogspot.com.ar/2009/09/mapuches-denuncian-persecucion-penal.html).
Por su parte, la Agrupación de jóvenes técnicos y profesionales Konapewman, de Temuco, también ha realizado fuertes críticas al sistema procesal: "En este último tiempo, diversas han sido las posiciones del modo en que ha operado  en la Región el Nuevo Sistema  procesal penal, principalmente ante su accionar con la realidad Mapuche.
Si bien el marketing  utilizado por el Gobierno ante la Reforma procesal ha sido el de  proyectar un sistema más ágil, dinámico y viable, que permita resoluciones más oportunas y transparentes, pero sin embargo no es coincidencia que este nuevo modelo se aplique casi exclusivamente (junto con la IV Región) en este territorio en medio de movilizaciones Mapuches por la recuperación de tierras y reivindicaciones de Derechos como Pueblo.
Tampoco es coincidencia, que su implementación conducido por Fiscales haya provocado una directa represión en Comunidades y organizaciones ocasionando el sometimiento a proceso de numerosos dirigentes y comuneros Mapuches, como asimismo la utilización de violentos operativos policiales que en variadas ocasiones han dejado a heridos y masivos daños.
Por estas coincidencias, cabe cuestionarse entonces  ¿quién está detrás de este nuevo frente judicial y cuál es su  finalidad al aplicarlo en esta zona?. Es evidente que la política estatal busca  reprimir y opacar en el centro de su medula las acciones de comunidades reivindicativas, utilizando una institucionalidad como la Judicial para, según se aprecia, obtener el imperio de la ley y establecer un estado de derecho rígido, pero a costa de una conducta prácticamente terrorista y que ha violado los Derechos Humanos más esenciales del Pueblo Mapuche, con graves consecuencias violentitas. No sería de extrañarse que se haya implementado esta Reforma Penal bajo la presión e intervencionismo de  intereses económicos de minorías que lo único que buscan un proteccionismo simulado y conseguir el sosiego e integracionismo Mapuche  para seguir ampliando su mega-productividad (agrícolas y forestales) a costa del deterioro y exterminio de las entidades territoriales Mapuches" (http://mapuche.info.scorpionshops.com/mapuint/konapewman0108.html). 
Como vemos, hay denominadores comunes que deberían merecer nuestra mejor disposición y atención. La macdonalización de los procesos, el uso excesivo de ciertas medidas de coerción, en especial la prisión preventiva, el incremento de las tasas de encarcelamiento, la desigualdad de armas durante los procesos, las dificultades de los operadores para remover sus rasgos culturales y prejuicios previos, la falta de una política criminal unitaria, la incapacidad de exhibir al nuevo sistema como una forma pacífica, armónica, y por lo tanto superadora en la forma de administración de la conflictividad social, son algunos de los problemas comunes que aquejan a la reforma. Más de diez años de imposición de la misma en Chile, permiten auscultar las valoraciones que sobre la misma hacen los mapuches. Deberíamos, quizás, compulsar la que podrían ensayar los sectores más vulnerables de nuestra sociedad provincial.