Déjenlo nomas pastar

No rechace mi consejo

Que yo lo voy a enterrar

Cuando se muera de viejo

(El corralero)





El arduo tránsito de una concepción teocéntrica a una cultura antropocéntrica en las sociedades modernas de Europa occidental se encuentra atravesado por una multiplicidad de factores y circunstancias que incluyen las diferencias en las nuevas formas de vida, el paso de una multitud de habitantes desde zonas rurales a las nuevas ciudades  industriales, las transformaciones sustantivas en la estructura económica del nuevo capitalismo fabril y novedosas formas de construcción de subjetividades hasta entonces desconocidas. Para propender a estos últimos cambios,  que son aquellos a los que pensamos dedicarnos, debieron converger a lo largo de más de dos siglos discursos y narrativas del nuevo racionalismo hegemónico, constituido en buena medida por lo que podríamos identificar como la línea Kant- Descartes- Hegel- Heidegger. El nuevo pensamiento iluminista, en especial el alemán, construyeron la tesis del hombre como nuevo y único sujeto de derechos, ubicado en el centro del universo conocido. El ser humano, europeo, blanco, propietario, como síntesis de un proceso de creación cultural sin precedentes.

Heidegger termina, durante el siglo pasado, de completar la tarea. El dasein, el “ser ahí", supone un hombre arrojado a la sociedad que por su condición de tal, es conocedor a priori de muchas cuestiones vinculadas a él y sus circunstancias. El hombre es, entonces, sabedor de su finitud. Sabe que, inexorablemente, habrá de morir. El hombre (europeo), entonces, único sujeto de derechos, sabe que habrá de morir irremediablemente.

Era lógico, entonces, que el único sujeto de derechos reconocidos pudiera disponer, como propietario que era, de todo su patrimonio. Incluso, de su vida. El concepto de “muerte digna”, la posibilidad de evitar un sufrimiento inhumano en casos generalmente reglados, supone un piso de inscripción en el advenimiento de nuevos y más complejos derechos durante la modernidad.

El buen morir fue, y es, un patrimonio de la cultura jurídica y la filosofía moderna y posmoderna de matriz eurocéntrica, a los que se agregan otros derechos en similar clave de disposición del cuerpo, en el caso de los seres humanos. El cuerpo en cuanto materialidad contingente, siempre subordinado a la razón, al alma, conforme lo impone la tesis cartesiana. La corporalidad enmarcada, subalternizada en la búsqueda de la ontología del ser, por definición dinámica y variable.

Ahora bien, si una de las observaciones comparativas de mayor centralidad entre el pensamiento europeo y la filosofía de los pueblos originarios radica precisamente en estas rupturas entre el ser europeo y el estar del indio americano, se abren desde esas disimilitudes otras cuestiones inexploradas.

A diferencia del pensamiento iluminista europeo, en nuestra América, las culturas precolombinas asumían que tenían vida los seres humanos, los animales y los vegetales, pero también el agua, las montañas, las piedras, los valles, los arroyos, los ríos y los mares. Todos formando parte de un equilibrio cósmico donde la figura de la Pachamama, por ejemplo, regulaba la necesidad de la preservación de ese orden colectivo, insusceptible de ser apropiado individualmente.

Si era imposible aprobar desde estos códigos la apropiación de las tierras (los indígenas no eran dueños sino que formaban parte de esa Tierra), con mayor razón era imposible pensar en una apropiación de los seres vivos y de su vida.

Si los animales, con excepción de la raza humana, no saben que van a morirse, a diferencia de estos últimos, la pregunta es: ¿quién se halla legitimado para ponerle fin a la vida de esos seres que no saben que se van a morir y no pueden elegir entre una muerte digna o un ocaso natural de su existencia?

¿Quién dice que somos los seres humanos sujetos de derechos priviligiados respecto de otras personas no humanas?

¿Qué nos habilita para encerrarlos, sujetarlos y disponer en determinadas circunstancias sobre su vida y su muerte?

¿Es aplicable en esos casos la tesis de la muerte digna y la disponibilidad del cuerpo no-propio?

Intrincada problemática, surcada por concepciones distintas del cosmos, de la libertad, del ser y del estar. De la vida y de la muerte.