Por Francisco María Bompadre.
Incremento de las Tasas de Encarcelamiento[1]
La población carcelaria mundial no ha dejado de crecer en las últimas décadas en la casi totalidad de países, con algunas excepciones dadas por Finlandia, Austria, Alemania o Canadá[2]. Para el año 2009 la cantidad de presos ascendía a 10.650.000 personas y los países con más cantidad de presos fueron: 1) EE.UU con 2.400.000 (con una Tasa de Encarcelamiento -en adelante TE- cada 100.000 habitantes de 780); 2) China con 1.589.222 (TE de 121); 3) Rusia 877.595 (TE de 618) y 4) Brasil con 469.807 (TE de 243). Como vemos, EE.UU no sólo es el país con más presos en términos absolutos (cuántos presos tiene) sino también ocupa el primer lugar mundial en términos relativos, es decir, considerando la relación entre las cantidades de presos y la de su población total, relación medida por la TE. Los datos de este país son alarmantes: el 11 % de los hombres negros entre 20 y 24 años está en prisión, más de 100.000 niños y adolescentes menores de 18 años presos, 126.249 presos en cárceles privadas y un más alarmante 7,3 millones de personas sujetas al sistema penal (incluye presos, beneficiarios de prisión domiciliaria y en libertad condicional).
[1] Los datos son tomados del texto de MAGGIO, N. (2010). Hacia el gran encierro: un panorama cuantitativo de la población carcelaria en el mundo actual. En GESPyDH. Cuadernos de estudios sobre sistema penal y derechos humanos, Buenos Aires, año 1, pp. 83-97.
[2] A veces la disminución es sólo temporal y por alguna coyuntura determinada como los casos de Bolivia, Argentina (aplicación del fallo Verbitsky en la provincia de Buenos Aires), Rusia (cambio del código penal y reducción generalizada de penas) o Venezuela.
La población carcelaria mundial no ha dejado de crecer en las últimas décadas en la casi totalidad de países, con algunas excepciones dadas por Finlandia, Austria, Alemania o Canadá[2]. Para el año 2009 la cantidad de presos ascendía a 10.650.000 personas y los países con más cantidad de presos fueron: 1) EE.UU con 2.400.000 (con una Tasa de Encarcelamiento -en adelante TE- cada 100.000 habitantes de 780); 2) China con 1.589.222 (TE de 121); 3) Rusia 877.595 (TE de 618) y 4) Brasil con 469.807 (TE de 243). Como vemos, EE.UU no sólo es el país con más presos en términos absolutos (cuántos presos tiene) sino también ocupa el primer lugar mundial en términos relativos, es decir, considerando la relación entre las cantidades de presos y la de su población total, relación medida por la TE. Los datos de este país son alarmantes: el 11 % de los hombres negros entre 20 y 24 años está en prisión, más de 100.000 niños y adolescentes menores de 18 años presos, 126.249 presos en cárceles privadas y un más alarmante 7,3 millones de personas sujetas al sistema penal (incluye presos, beneficiarios de prisión domiciliaria y en libertad condicional).
[1] Los datos son tomados del texto de MAGGIO, N. (2010). Hacia el gran encierro: un panorama cuantitativo de la población carcelaria en el mundo actual. En GESPyDH. Cuadernos de estudios sobre sistema penal y derechos humanos, Buenos Aires, año 1, pp. 83-97.
[2] A veces la disminución es sólo temporal y por alguna coyuntura determinada como los casos de Bolivia, Argentina (aplicación del fallo Verbitsky en la provincia de Buenos Aires), Rusia (cambio del código penal y reducción generalizada de penas) o Venezuela.
En Europa la situación también es preocupante, sobre todo en el extensivo uso de la prisión a colectivos de extranjeros o a minorías étnicas. La cantidad de presos en Inglaterra pasó de 44.719 (en el año 1992) a 84.966 a principios de 2010, lo que implica una TE de 154. En España se pasó de 35.246 (1992) a 76.926 a principios de 2010, con una TE de 167. Por su parte Italia ascendió de 46.152 (1992) a 67.444 presos a principios de 2010, con una TE de 111. También América Latina sufrió el influjo mundial de la utilización de la pena de prisión como herramienta principal de gestión de la pobreza en el neoliberalismo, sistema en el cual las políticas penales reemplazan a las sociales. Los dos países latinoamericanos con más presos en términos absolutos son Brasil y México, pero sin olvidar que casi todos los países latinoamericanos vieron aumentada la población carcelaria de sus respectivos países. Así las cosas, Brasil pasó de 114.377 presos en al año 1992 a 469.807 a mediados de 2009 (TE de 243), cuadruplicando la población encarcelada en sólo 17 años, con superpoblación en cárceles de hombres de un 55 % y de mujeres en un 74 %, y con un alarmante porcentaje de presos entre los 18 y los 24 años: 50,8 %, lo que traduce una fuerte política represiva hacia la juventud pobre favelizada (en Argentina este sector representa un 26 % de la población carcelaria). México pasó de 93.574 presos en 1994 a 224.749 a fines de 2009 (TE de 204). Colombia tenía 33.491 presos en el año 1992 y 79.730 en el 2010 (TE de 174). Perú pasó de 15.718 (1992) a 44.608 en 2010 (TE de 151). Venezuela tenía en el año 1993 unos 23.000 presos y en 2009 llegó a 32.624 (TE de 114). Pero la TE más alta de la región la tiene Chile con 309 presos cada 100.000 habitantes, superando a Brasil y a México: el país trasandino pasó de 20.989 presos en 1992 a 53.210 en 2010. Finalmente, la Argentina presenta una TE de alrededor a los 152,5 pasando de los 21.016 presos en el año 1992 a 60.611 en el 2008 (incluye presos en comisarías y dependencias de Prefectura y Gendarmería)[1] [2]. Si desagregamos la población carcelaria de nuestro país encontramos que la mayor cantidad de personas presas se encuentra en el Sistema Penitenciario bonaerense con unos 24.139 presos en el año 2008 (TE alrededor de 166)[3], luego le sigue el Servicio Penitenciario Federal con unos 9149 prisionizados y continúa el Servicio Penitenciario cordobés con 5128 personas detenidas (TE de alrededor de 173). Sin embargo la TE más alta la presenta la provincia de Neuquén con alrededor de 200 cada 100 mil habitantes. Otro de los datos preocupantes lo representa el notoriamente elevado porcentaje de procesados que se encuentran detenidos en cárceles y comisarías, lo que puede interpretarse como un signo más de las políticas punitivas de las últimas décadas. En este sentido la provincia de Buenos Aires superó el 80 % de los detenidos en prisión en carácter de procesados, lo que la ubica en el nivel más alto de América Latina.
En nuestro país la cuestión de la seguridad/inseguridad se instala en la agenda política, mediática, social y académico-científica en la década de los 90, bajo precisos recortes como modalidad de abordaje del problema: invisibilizar determinadas víctimas y resaltar otras, destacar ciertos delitos e ignorar otros, y por sobre todo reducir el problema de la seguridad a la criminalidad, asociando de manera “natural” delincuencia con varones jóvenes pobres y urbanos. Este proceso se dio en el marco de la consolidación del neoliberalismo, lo que implicó profundizar las violencias estructurales inherentes al capitalismo, reconfigurar sustantivamente las relaciones estado-sociedad en privilegio del mercado como regulador excluyente de las relaciones sociales y producir grandes sectores de la población excluidos de los ámbitos laborales, educativos, políticos y asistenciales que los contengan; sectores que entonces van a estar destinados a poblar cárceles y comisarías como “clientes” vitalicios de las agencias de un sistema penal selectivo, arbitrario, discrecional, estigmatizante y violento. En este sentido Del Olmo expresa que interesa “utilizar la cárcel como depósito para excluir e incapacitar poblaciones consideradas ´peligrosas´, ´de riesgo´, pero sobre todo ´desechables´”. Este grupo excedentario se transforma en una amenaza de los ciudadanos consumidores (los “buenos vecinos”, “la gente”), quienes promueven y militan por la prohibición de que circulen por sus territorios sociales, lo que lleva a una “obsesión securitaria” que desembocan en demandas político-sociales incapacitadoras, neutralizadoras y eliminatorias de esos “otros” amenazantes. Esta situación explica en parte la insistencia de los gobiernos por recurrir a la pena de prisión como solución mágica a problemas sociales mayores, de los cuales el delito y la llamada “inseguridad” es tan sólo una parte.
Procesos de criminalización[4]
La criminalización es el resultado del accionar de las distintas agencias del sistema penal: políticas, judiciales, policiales[5], penitenciarias, de comunicación social, de reproducción ideológica, internacionales y trasnacionales. Este proceso de criminalización es de carácter selectivo y comprende dos etapas: la criminalización primaria y la secundaria. La primera es la sanción de una ley penal que habilita la punición; se trata de un acto formal programático (hacer leyes que establecen un programa a cumplir) y es ejercido por las agencias políticas: parlamentos, legislaturas, ejecutivos. La segunda, es la realización del programa que llevan a cabo las agencias de criminalización secundaria: policías, jueces, agentes penitenciarios. De esta manera, la criminalización primaria se refiere en general a conductas o actos, mientras que la secundaria es el accionar (punitivo) sobre personas concretas. La criminalización primaria no puede llevarse a cabo en ningún lugar debido a las dimensiones exorbitantes que implica someter a una sociedad a una punitividad de esas magnitudes, lo que se traduce entonces en una gran distancia entre los conflictos que se suceden en una sociedad y los que llegan a conocimiento de las agencias secundarias. Aceptando que los recursos limitados de las agencias secundarias no pueden abarcar el desmesurado programa punitivo de la criminalización primaria, se llega a la situación de ocuparse de una parte minoritaria del programa ideal, lo que se traduce en un accionar selectivo (contrario a la igualdad antes la ley) que consolida la impunidad como regla y la criminalización secundaria como excepción. En la criminalización secundaria se seleccionan generalmente hechos burdos o groseros (son los más fáciles de detectar y probar) y los que llevan a cabo personas con menos capacidad de generar problemas a las agencias (con escaso poder político o económico, nula capacidad de acceso a los medios de comunicación). De esta manera se publicitan estos delitos y sus autores como los “únicos” delincuentes y delitos que existen: el estereotipo termina siendo el criterio de selección más notorio de la criminalización secundaria, lo que explica las regularidades observables en las poblaciones carcelarias. La selectividad estructural que encontramos en la criminalización secundaria presenta a las agencias policiales en un lugar preponderante (tensionada con las políticas, las de comunicación y las académicas), y las agencias judiciales sólo se limitan a decidir sobre los pocos casos seleccionados previamente por las agencias policiales, y finalmente la agencia penitenciaria prisioniza a algunas de los seleccionados por las dos agencias anteriores.
[1] En nuestro país la información sobre las estadísticas penitenciarias es suministrada por El Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), que tiene como destinatario a todas las unidades de detención penal del país, tanto del sistema federal como de los sistemas provinciales. La información estadística es realizada por la Dirección Nacional de Política Criminal y puede consultarse en la página web del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación. Los últimos datos oficiales disponibles son del año 2008, y presenta algunas omisiones importantes.
[2] En Argentina el incremento de la TE no fue en paralelo a los vaivenes de los niveles del delito, puesto que cuando el índice del delito aumentaba también lo hacía la TE, pero incluso cuando el delito comenzó a bajar en muchas jurisdicciones luego del 2002, la TE siguió en aumento, lo que demuestra una vez más que la TE no se relaciona directamente con el nivel de delitos cometidos.
[3] Estas son las últimas cifras oficiales que dieron a conocer desde el SNEEP, en el año 2008. Sin embargo en el Informe 2010 del CELS se sostiene que en noviembre de 2009 la población carcelaria bonaerense había ascendido a 29.457 reclusos, con una TE de 194 presos cada 100 mil habitantes.
[4] En base al texto de ZAFFARONI, E. R., ALAGIA, A. y SLOKAR, A. (2000). Manual de derecho penal. Parte general. Buenos Aires: Ediar.
[5] Entendidas en sentido amplio (funcionarios del poder ejecutivo en función policial): policía de seguridad, de investigación o judicial, aduanera, fiscal, de investigación privada, de informes privados, de inteligencia de estado y toda agencia pública o privada que cumpla funciones de vigilancia.
En nuestro país la cuestión de la seguridad/inseguridad se instala en la agenda política, mediática, social y académico-científica en la década de los 90, bajo precisos recortes como modalidad de abordaje del problema: invisibilizar determinadas víctimas y resaltar otras, destacar ciertos delitos e ignorar otros, y por sobre todo reducir el problema de la seguridad a la criminalidad, asociando de manera “natural” delincuencia con varones jóvenes pobres y urbanos. Este proceso se dio en el marco de la consolidación del neoliberalismo, lo que implicó profundizar las violencias estructurales inherentes al capitalismo, reconfigurar sustantivamente las relaciones estado-sociedad en privilegio del mercado como regulador excluyente de las relaciones sociales y producir grandes sectores de la población excluidos de los ámbitos laborales, educativos, políticos y asistenciales que los contengan; sectores que entonces van a estar destinados a poblar cárceles y comisarías como “clientes” vitalicios de las agencias de un sistema penal selectivo, arbitrario, discrecional, estigmatizante y violento. En este sentido Del Olmo expresa que interesa “utilizar la cárcel como depósito para excluir e incapacitar poblaciones consideradas ´peligrosas´, ´de riesgo´, pero sobre todo ´desechables´”. Este grupo excedentario se transforma en una amenaza de los ciudadanos consumidores (los “buenos vecinos”, “la gente”), quienes promueven y militan por la prohibición de que circulen por sus territorios sociales, lo que lleva a una “obsesión securitaria” que desembocan en demandas político-sociales incapacitadoras, neutralizadoras y eliminatorias de esos “otros” amenazantes. Esta situación explica en parte la insistencia de los gobiernos por recurrir a la pena de prisión como solución mágica a problemas sociales mayores, de los cuales el delito y la llamada “inseguridad” es tan sólo una parte.
Procesos de criminalización[4]
La criminalización es el resultado del accionar de las distintas agencias del sistema penal: políticas, judiciales, policiales[5], penitenciarias, de comunicación social, de reproducción ideológica, internacionales y trasnacionales. Este proceso de criminalización es de carácter selectivo y comprende dos etapas: la criminalización primaria y la secundaria. La primera es la sanción de una ley penal que habilita la punición; se trata de un acto formal programático (hacer leyes que establecen un programa a cumplir) y es ejercido por las agencias políticas: parlamentos, legislaturas, ejecutivos. La segunda, es la realización del programa que llevan a cabo las agencias de criminalización secundaria: policías, jueces, agentes penitenciarios. De esta manera, la criminalización primaria se refiere en general a conductas o actos, mientras que la secundaria es el accionar (punitivo) sobre personas concretas. La criminalización primaria no puede llevarse a cabo en ningún lugar debido a las dimensiones exorbitantes que implica someter a una sociedad a una punitividad de esas magnitudes, lo que se traduce entonces en una gran distancia entre los conflictos que se suceden en una sociedad y los que llegan a conocimiento de las agencias secundarias. Aceptando que los recursos limitados de las agencias secundarias no pueden abarcar el desmesurado programa punitivo de la criminalización primaria, se llega a la situación de ocuparse de una parte minoritaria del programa ideal, lo que se traduce en un accionar selectivo (contrario a la igualdad antes la ley) que consolida la impunidad como regla y la criminalización secundaria como excepción. En la criminalización secundaria se seleccionan generalmente hechos burdos o groseros (son los más fáciles de detectar y probar) y los que llevan a cabo personas con menos capacidad de generar problemas a las agencias (con escaso poder político o económico, nula capacidad de acceso a los medios de comunicación). De esta manera se publicitan estos delitos y sus autores como los “únicos” delincuentes y delitos que existen: el estereotipo termina siendo el criterio de selección más notorio de la criminalización secundaria, lo que explica las regularidades observables en las poblaciones carcelarias. La selectividad estructural que encontramos en la criminalización secundaria presenta a las agencias policiales en un lugar preponderante (tensionada con las políticas, las de comunicación y las académicas), y las agencias judiciales sólo se limitan a decidir sobre los pocos casos seleccionados previamente por las agencias policiales, y finalmente la agencia penitenciaria prisioniza a algunas de los seleccionados por las dos agencias anteriores.
[1] En nuestro país la información sobre las estadísticas penitenciarias es suministrada por El Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), que tiene como destinatario a todas las unidades de detención penal del país, tanto del sistema federal como de los sistemas provinciales. La información estadística es realizada por la Dirección Nacional de Política Criminal y puede consultarse en la página web del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos de la Nación. Los últimos datos oficiales disponibles son del año 2008, y presenta algunas omisiones importantes.
[2] En Argentina el incremento de la TE no fue en paralelo a los vaivenes de los niveles del delito, puesto que cuando el índice del delito aumentaba también lo hacía la TE, pero incluso cuando el delito comenzó a bajar en muchas jurisdicciones luego del 2002, la TE siguió en aumento, lo que demuestra una vez más que la TE no se relaciona directamente con el nivel de delitos cometidos.
[3] Estas son las últimas cifras oficiales que dieron a conocer desde el SNEEP, en el año 2008. Sin embargo en el Informe 2010 del CELS se sostiene que en noviembre de 2009 la población carcelaria bonaerense había ascendido a 29.457 reclusos, con una TE de 194 presos cada 100 mil habitantes.
[4] En base al texto de ZAFFARONI, E. R., ALAGIA, A. y SLOKAR, A. (2000). Manual de derecho penal. Parte general. Buenos Aires: Ediar.
[5] Entendidas en sentido amplio (funcionarios del poder ejecutivo en función policial): policía de seguridad, de investigación o judicial, aduanera, fiscal, de investigación privada, de informes privados, de inteligencia de estado y toda agencia pública o privada que cumpla funciones de vigilancia.