Así como están, probablemente, para nada. Quizás para ratificar el poder simbólico del positivismo decimonónico, profundizar la discriminación y acompañar un sistema de creencias sociales compatible con separaciones cada vez más rígidas entre lo permitido y lo prohibido, entre lo público y lo privado. La lógica regresiva del capitalismo hecho códigos. Cualquiera que lea el Código de Faltas de la Provincia de La Pampa (el mismo que promueve la "represión judicial" de los infractores, mantiene un esquema inquisitivo, acepta la publicidad de los juicios a menos que "motivos de moralidad u orden público aconsejaren lo contrario", )seguramente coincidirá, no sin demasiado esfuerzo, con estas apreciaciones iniciales.

Nuestra legislación viene precedida de fetiches y especulaciones ficticias, y por eso incurre en excesos casuísticos, errores de técnica legislativa relevantes y violaciones constitucionales múltiples.


La historia reciente de estos códigos en el país, remite inexorablemente a una norma de convivencia que rigió para la CABA, y que llevaba la impronta inconfundible y superadora del pensamiento zaffaroniano.

Puesto a pensar en qué postular para sortear las gramáticas increíbles de nuestros catálogos contravencionales, puedo reflexionar apresuradamente en la necesidad de impulsar reformas  que impliquen la modificación integral de estos viejos esquemas, por sistemas superadores de composición y restauración ante las "faltas y contravenciones", mediante procedimientos más ágiles, profundamente ajustados al paradigma de la Constitución. Esto implica desarraigar el fetiche de que los Juzgados de Faltas se justifican porque las pequeñas contravenciones constituyen la antesala o la escala previa para la comisión de los más graves delitos y sustituirlo por el paradigma de la responsabilidad social para la convivencia armónica y pacífica. Esa especulación, que carece de la más mínima verificación empírica, se ha incorporado al módico arsenal discursivo de los estados y no hace más que contribuir a la profundización de la violencia estatal (y por ende, social), en situaciones donde el avenimiento, la composición y la restauración frente a estas situaciones problemáticas, implicaría un salto de calidad institucional y una alternativa superadora de convivencia democrática. Esos nuevos modelos (que no son un patrimonio exclusivo de los argentinos: el Ayuntamiento de Barcelona acaba de multar con 180 euros a un indigente por dormir en la vía pública, en una respuesta propia del predominio político neoconervador) , deberían contar con el protagonismo activo y directo de los municipios y las comunidades, con quienes sería deseable establecer acuerdos formales para la puesta en práctica focalizada de estas estrategias, de conformidad con las problemáticas que acontezcan en cada localidad. Resulta difícil concebir,a esta altura, la existencia de códigos como el nuestro, que penalizan  con multa de hasta treinta (30) días o arresto de hasta diez (10) días a  los empresarios y directores de entidades deportivas cuando en un match o justa  sustituyan a los atletas o jugadores que por renombre puedan determinar la asistencia del público, sin hacerlo saber con la debida antelación y a los que perturben el orden de las filas formadas para la adquisición de las entradas o para el ingreso al lugar donde se desarrollará el espectáculo deportivo o su egreso.