Mientras buscaba en mis archivos un texto vinculado al funcionamiento de la CPI, encontré un documento que reproducía mi intervención como representante de la Provincia de La Pampa en el Plenario de Comisiones del Senado, en la "Jornada sobre Régimen Penal de Menores", acaecida el 11 de mayo de 2004. Por ese entonces, el hasta allí "ingeniero" Juan Carlos Blumberg entregaba a las distintas comisiones del Senado sus propuestas "securitarias". El propio sitio web de la Cámara alta daba cuenta que el 11 de abril de ese año, Blumberg había estado en "el salón Arturo Illia del Senado (Hipólito Yrigoyen 1849)", donde" se llevó a cabo una reunión conjunta de las Comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico y de Justicia y Asuntos Penales. Juan Carlos Blumberg, autor de un petitorio que se presentó ante ambas Cámaras del Congreso para delinear una agenda legislativa en temas de seguridad y reformas penales, estuvo presente para explicar su propuesta" (http://www.senado.gov.ar/prensa/113/noticias)..A principios de mayo de ese año (hace más de una década), Blumberg lograba que un Senado en desprolijo retroceso comenzara a sancionar una saga de leyes represivas cuyos efectos todavía hoy lamentamos (http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-34969-2004-05-06.html). Entre esas propuestas, estaba, por supuesto, la de bajar la edad de punibilidad de niños y niñas. Y al plenario asistían, en actitud de claro contralor de los expositores, personas que comulgaban con las posturas punitivistas que se pretendían imponer con marchas multitudinarias frente al Congreso argentino. Este viejo fragmento del Diario de Sesiones sirve para analizar y reflexionar sobre lo que pasó en estos largos diez años en materia de niñez, en el país y en La Pampa. Y, por supuesto, me deja en absoluta tranquilidad con mi conciencia.
plenario de comisiones
martes 11 de mayo de 2004
Jornada sobre Régimen Penal de
Menores
Casete Nº 1
Comisión de Seguridad y Narcotráfico
11 de mayo de 2004
Comisión de Seguridad y Narcotráfico
11 de mayo de 2004
— En el Salón Azul del Honorable
Senado de la Nación el martes de 11 de mayo de 2004:
Presentador. — Muy buenas tardes, bienvenidos al Salón Azul del
Honorable Congreso de la Nación donde vamos a participar de la IV Jornada
“Régimen Penal de Menores y Protección del Niño y Adolescente” que es organizado
por las comisiones de Seguridad Interior y Narcotráfico, de Población y Desarrollo Humano, de Legislación General y
de Justicia y Asuntos Penales. Como ya es habitual en cada jornada,
primeramente vamos a escuchar las palabras de bienvenida e introducción sobre
el Régimen Penal de Menores de la señora presidenta de la Comisión, senadora
Sonia Escudero.
Sra.
Presidenta (Escudero). — Buenas
tardes, les agradezco a las provincias que nos acompañan; tenemos
representantes de nueve provincias y de la Ciudad de Buenos Aires. La idea de
esta invitación es conocer cuáles serían las consecuencias en cada provincia si
el Congreso Nacional avanza en la aprobación del proyecto que se está
analizando y que prometió enviar el Poder Ejecutivo sobre Régimen Penal de
Menores.
Antes
de escuchar a cada provincia quiero comentarles cuáles son los consensos sobre
los que se está trabajando. En primer lugar, hay consenso con relación a que el
régimen vigente, la Ley de Patronato, debe ser derogada inmediatamente; hay consenso
en que es urgente aprobar la ley que implemente la Convención de los Derechos
del Niño adecuándolo a nuestro derecho positivo; hay consenso en cuanto a que
hay que aprobar un régimen penal especial de menores; y no hay consenso todavía
en cuanto a la edad de imputabilidad, hay una petición concreta que recibió el
Congreso en la marcha encabezada por el señor Blumberg donde se pide bajar la
edad de imputabilidad de los menores a 14 años. Con relación a ese tema hemos
escuchado a distintos especialistas y por eso hoy empezamos la ronda con las
provincias.
Concretamente,
nos gustaría saber: ¿Cuál es la situación de los menores en cada provincia?,
¿cuál es el régimen que se está aplicando?, ¿cuál es la situación de
institucionalización de los menores?, ¿cuáles son los costos?, ¿cuáles son los
efectos que eso tiene? Y si se avanzara en el cambio del régimen, ¿cuánto
tiempo necesitarían las provincias para adecuar sus sistemas al régimen de la
nueva ley?....
(Hablan en primer lugar varios representantes de distintas provincias)......
Le
damos la palabra al representante de La Pampa. Es el doctor Eduardo Aguirre,
subsecretario de Seguridad.
Sr.
Aguirre. — Una primera coincidencia
con todos los participantes que me precedieron en el uso de la palabra, que es
el agradecimiento por la posibilidad de tener este espacio para debatir estos
temas tan sensibles.
Y
una segunda coincidencia, por cierto, no formal, que es la evidencia de
encontrar puntos de vista consensuados, si es que por consenso entendemos la
capacidad de generar tendencias que se arraiguen en los sujetos colectivos.
Podemos decir ya a esta altura de la tarde que hemos escuchado un sinfín de
propuestas y hemos, seguramente, logrado un número no menor de acuerdos. Lo
cual, de alguna manera, va a allanar el camino de lo que será mi exposición, en
lo que tiene que ver con la posibilidad de encontrar un ejercicio de síntesis,
o más bien, sincrético, de lo que se ha producido a lo largo de esta mesa.
Quiero
retomar una parte del planteo del doctor Cafiero, que realmente me impresionó.
Porque creo que puso sobre el tapete un eje que me parece que está siendo
sistemáticamente escamoteado de la discusión jurídico penal y, sobre todo,
político criminal, al momento de diseñar estas estrategias, supuestamente de
prevención, perfiladas únicamente desde el sistema penal.
Ese
eje es la selectividad evidente del sistema penal, a través de todos los
procesos de criminalización, incluso de la criminalización primaria, como es el
caso de una ley penal. Y esta huida hacia la punición, en mi modesta
apreciación, acicateada por emociones comprensibles, pero por emociones al fin,
nos pone prácticamente frente al abismo de no saber hacer una lectura
retrospectiva mínima de lo que ha venido ocurriendo en la Argentina, con
indicadores sumamente elocuentes en lo que tiene que ver con el perfil de la
clientela de las institutos de menores y de las cárceles de la República
Argentina.
Cómo
resuena, cómo golpea, cómo replica ese carácter selectivo del sistema penal,
tiene yo diría una connotación que se vincula con lo que ocurría hace setenta
años. Hace setenta años, recuerdo, la
autora italiana Eugenia Scarsarella (?) daba cuenta de cómo en la Argentina el
90 por ciento de los presos eran pobres. Esa cifra se repite hoy en nuestro
país, y además de ser pobres son cada vez más jóvenes. Este es un dato que no
podemos obviar de ninguna manera, porque esta evolución va alcanzando ribetes
francamente dramáticos.
Yo
quería plantear lo siguiente —espero no aburrirlos con esta cita un poco
desordenada, a lo mejor no del todo sistemática de datos—: en la Argentina, el
porcentaje de inculpados menores de 21 años creció en forma sostenida desde 1995 a la fecha. De la misma
manera, la proporción de inculpados menores de 21 años, ha crecido entre 1991 y
1997, en una tasa promedio anual del 2,1 por ciento. Pero en el período de 1995 a 1997 —esto no es
casual—, este crecimiento adquirió una rapidez inusitada, alcanzando el 7,8 por
ciento anual.
Estas
cifras son de por sí preocupantes. Pero son más preocupantes todavía si tenemos
en cuenta que el 42 por ciento de las sentencias del año 1999 fueron dictadas
contra ciudadanos que tenían entre 18 y 25 años.
Otro
dato que quiero considerar, es que el 47 por ciento de los imputados en el año
1997 tenían entre 18 y 29 años, y el 9,8 por ciento tenía menos de 18 años de
edad.
La
edad promedio de las cárceles —me refiero a los internos, obviamente— a nivel
nacional, ha bajado de manera sustancial, absolutamente notoria. Y hay
provincias —como el caso de la provincia de Buenos Aires—, donde la edad
promedio de los internos ha pasado a ser, de 31 años, en 1984, a 21 años, en 1994.
Esto es, se ha producido un descenso promedio de diez años.
Digo
esto, porque es la antesala para prever correctamente, y sin demasiado
esfuerzo, hacia dónde vamos en el planteo de estas políticas públicas adoptadas
sin un marco de reflexión o, al menos, sin la mirada hacia otras racionalidades
alternativas a la punición.
Esa
edad promedio se estima actualmente en 19 años.
Ahora
bien, en el período 1996-1999, el porcentaje de inculpados con nivel educativo
inferior al secundario —esto es, analfabetos o de escasa educación formal o
educación primaria solamente—, superó el
91 por ciento en todos los años, en el orden nacional y en las provincias.
Mientras
tanto, los estudios más recientes están revelando que en la Argentina solamente
se denuncia el 30 por ciento de los delitos, de los cuales un 80 por ciento son
de autores desconocidos, por lo que queda sólo un 6 por ciento de este guarismo
inicial que estaba señalando. Y de ese 6 por ciento son condenados sólo un 50
por ciento. De ese 50 por ciento, que equivale al 3 por ciento, sólo el 20 por
ciento —esto es el 0,6 por ciento— cumple prisión efectiva.
De
esos sujetos “prisionizados”, de ese 0,6 por ciento sobre el cual actúa de
manera selectiva el sistema penal, con una edad promedio —como habíamos visto—
de entre 19 y 21 años, entre el 50 y el 80 por ciento está privado de libertad
por delitos contra la propiedad. Y tenemos en la Argentina un promedio de ocho
homicidios cada 100 mil habitantes.
Esto
es, en rigor de verdad, esta huida hacia el sistema penal y hacia la punición,
nos está colocando en una especie de callejón sin salida. Es decir, en una
huida hacia adelante o, si ustedes mejor lo prefieren, concéntrica. ¿Por qué?
Nosotros tenemos casos, como el de la provincia de La Pampa, que según los
últimos informes del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, está
considerada como la de situaciones más favorables, donde una lectura dinámica
de cuál es la evolución de los indicadores de “prisionización” nos está
diciendo lo siguiente: en junio del año 2000, la provincia tenía, contando
todos los internos —nosotros no tenemos sistema penitenciario provincial; es
decir, los internos alojados en cárceles del Servicio Penitenciario Nacional
condenados o procesados por tribunales provinciales o federales con asiento en
la provincia— 177 internos. Nuestra provincia tiene 300 mil habitantes. Saquen
ustedes la cuenta. Teníamos 59 presos cada 100 mil habitantes, lo cual nos daba
un índice de “prisionización” parecido al de Noruega, en ese momento. ¿Está
claro?
Hoy
por hoy, a junio del año pasado, tenemos 393 presos. Es decir, hemos duplicado
la cantidad de internos. Y al 29 de marzo de este año, tenemos 412.
Quiero
poner de relieve estos datos, porque sin la lectura objetiva de estas
realidades, es bastante poco probable legislar con arreglo —insisto— a ciertas
racionalidades. Porque cuando nosotros hablamos de políticas públicas, tenemos
que poner de relieve que, además, la exigencia no es de mayor seguridad
entendiendo la seguridad solamente como la posibilidad de ser víctima de un
delito. La seguridad implica la elevación de la calidad de vida. Y la calidad
de vida, desde el Estado, sólo se eleva con mayor calidad de gestión.
Esto
también es una demanda que es inexorable al momento de intentar articular
políticas preventivas, generales, sociales, que no se agoten solamente en la
política disuasiva o en la política situacional. Porque, en todo caso, estas
políticas serían tremendamente regresivas y lo único que harían sería
profundizar esta connotación asimétrica del sistema penal.
Aún
en la posibilidad de que el Estado nacional seguramente va a ser muy generoso
en la arbitración y adjudicación de medios en el caso de que estas leyes
finalmente se aprueben. Me refiero a las provincias, porque si no, obviamente
no vamos a poder afrontar estas circunstancias venideras. Esto creo que también
lo comparte el resto de los colegas.
Creo
que indudablemente vamos a tener que caer en esta cuenta. Si los indicadores
evolutivos de la “prisionización” son similares a los que yo acabo de leer para
la provincia de La Pampa, por más que creemos todos los institutos y bajemos
los estándares de edad de la imputación penal, cuando logremos tener el primer
instituto, ya esta realidad evolutiva geométrica y fugaz, nos iba a colocar en
la misma situación que estábamos antes de tomar la decisión política.
Por
lo tanto, creo que este es un dato de la realidad objetiva que no puede
soslayarse. Porque si se soslaya, lo único que hace es profundizar políticas
que —como bien dijeron hace un rato— son erráticas desde 1903.
Por
otra parte, el doctor Cafiero decía hace un rato lo riesgoso que se suponía
esta parte del discurso que plantea: si bajamos la edad de la imputabilidad,
pero dotamos a los menores de un piso de garantías compatible con el paradigma
de la Constitución, esto va a significar una suerte de neutralización del
efecto de la disminución de la edad de la imputabilidad.
Creo
que hay que tener mucho cuidado con eso, porque comparto lo que decía el doctor
Cafiero, por otro motivo inclusive. Si nosotros tenemos en consideración cuál
es la realidad, por lo menos la que hay en nuestras provincias —particularmente
a la que yo represento—, creo que este sesgo de arbitrariedad judicial que
permite el paradigma tutelar, por imperio de la realidad, y precisamente por
imperio de esta unilateral dirección de las estrategias de política criminal
hacia la internación, han producido ya esa decantación.
No
sé si me explico. Nosotros tenemos algunos indicadores que están marcando lo
siguiente: en la provincia de La Pampa hay un solo lugar de internación de
menores que, paradójicamente, se llama Proyecto Vida, que tiene veintinueve
residentes, y que tenía en el año 2001, también veintinueve chicos residentes
en ese lugar.
En
el año 2001, teníamos por ejemplo, un solo caso de homicidio y veintiún casos
de robo. Es decir, el 67,7 por ciento de esos chicos estaban privados de su
libertad por la comisión de delitos que, por supuesto, no eran de homicidio ni
violaciones, como se planteó al principio.
Los
indicadores del día de hoy, nos están señalando una mucha mayor complejidad de
la actividad delincuencial de estos menores. Es decir, ya no se trata de un 67
por ciento de robos sino que, en todos los casos, lo que existe es, primero,
mayor cantidad de homicidios; una mayor cantidad de robos agravados; la
participación de menores en banda. Es decir, es probable que esta vuelta de
tuerca en orden a la racionalidad de las motivaciones que impulsan una
internación, ya se haya dado por imperio de las posibilidades acotadas que los
Estados tienen y que los jueces advierten, naturalmente, que los Estados
tienen.
Eso
por una parte.
Por
otro lado, lo que quería poner de relieve es que, cuando hablamos de políticas
de prevención, creo que tenemos que tratar de lograr, no digo identidades, pero
sí criterios similares respecto de qué vamos a denominar como políticas de
prevención.
En
la provincia de La Pampa estamos trabajando fuertemente en un nuevo proyecto de
ley que sustituya la ley 1.270, que era una ley compatible con el paradigma
tutelar. Estamos tratando de que ese proyecto de ley se adecue a los mandatos
de la Convención de los Derechos del Niño. Y ya hemos enviado un Código de
Procedimientos Penales a la Cámara de Diputados de la provincia, con los
contenidos que se planteaba recién. Sobre todo, el proyecto Maier del Código
Procesal para América Latina; con adecuaciones, obviamente, particularizadas en
las situaciones distintivas, que ya mencioné, que acontecen en la provincia.
Ahora
bien. El planteo es el siguiente: solamente con un Código y solamente con una
ley, creo que no estamos en condiciones de revertir esta situación objetiva de
criminalización de los sectores más vulnerables, cada vez más jóvenes, como
bien decía la diputada hace un rato.
En
tanto y en cuanto, el mismo no se acompaña, en primer lugar, con un fuerte
crecimiento presupuestario. Creo que las provincias, por supuesto, no están en
condiciones por sí solas de afrontar, en lo que tiene que ver con la necesidad
de articular políticas sociales de prevención, que hagan especial hincapié y
eje en las familias.
Por
otro lado, en la necesidad de la capacitación de los operadores y de una
adecuación de las psicologías de los operadores a los nuevos paradigmas
sobrevinientes. Y, por si esto no fuera suficiente, creo que también es
absolutamente necesaria la posibilidad de tener nuevos establecimientos de
internación, pero que sí sean establecimientos que tengan algún grado de
subsunción a los mandatos constitucionales. Porque de otra manera, lo único que
estaríamos haciendo sería profundizar los niveles de violencia estatal que,
como ejemplo para evitar la violencia individual de los menores, no parece a
primera vista el más aconsejable.
Muchas
gracias. (Aplausos)