Al Sr. Ministro de
Justicia y Derechos Humanos de la Nación
Dr. Julio Cesar Alak
S________/_______D
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Vice
Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad
Nacional de La Pampa a los efectos de hacerle llegar la opinión de nuestra
comunidad académica con relación al anteproyecto del código penal elaborado
por la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma,
Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, creada por el
Decreto 678/2012, conforme la invitación que oportunamente se nos cursara
mediante Resolución Ministerial número 567.
En tal sentido debo señalar a Ud. que el Consejo Directivo
de la Facultad por Resolución 087/12 dispuso la conformación de una Comisión
Coordinadora para el análisis y debate del Anteproyecto del Código Penal, con
una integración igualitaria de sus claustros (Guadalupe Bustos –alumna-,
Mariano Gette -graduado, Alejandro Osio –docente-, Cecilia Bertole -
Coordinadora área Derecho Público-, la que dispuso a tal fin la realización de
una serie de actividades que a continuación se detallan.
Así, el análisis y debate del Anteproyecto del Código
Penal Argentino, tuvo su comienzo el día jueves 19 de Junio del corriente año a
las 18 horas en el Salón Azul de la misma facultad (Coronel Gil N° 353, primer
piso). En este primer encuentro, se llevó a cabo una conferencia-debate con la
presencia del Dr. Roberto Manuel Carles, Coordinador de la Comisión para la Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad
de Ciencias Económicas y Jurídica
Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del
Código Penal de la Nación, y los Mag. Andrés Olié y Alejandro Osio, docentes
de Derecho Penal de esta Facultad. La actividad fue gratuita y abierta a toda la
comunidad universitaria, organismos gubernamentales, ONG’s y la sociedad en
general, y tuvo por finalidad constituirse en un primer espacio de análisis del
objeto en cuestión, con el fin de reseñar sus características más salientes, y
detectar aquellos temas que resulten de mayor interés para el debate.
Posteriormente, el lunes 23 de junio a las 19:00 horas en
el Salón Azul de la Facultad, se llevó a cabo una conferencia debate con la
presencia de la Doctora María Elena Barbagelata, ex Diputada Nacional por el
Partido Socialista e integrante de la Comisión redactora del Anteproyecto del
Código Penal. La actividad presentó similares características al anterior
encuentro.
Finalmente el viernes 4 de Julio a las 19:00 horas en los
recintos de la FCEyJ, se desarrolló un foro debate público, con comisiones
temáticas conformadas de acuerdo a lo relevado en las primeras actividades
para arribar a una reflexión y discusión más profunda y específica del
Anteproyecto de reforma.
Además, con posterioridad a la conformación de la
comisión coordinadora, la misma dispuso una casilla de correo electrónica al
público en general, para receptar hasta el 6 de Julio –inclusive- opiniones,
ideas, críticas y todo otro aporte relacionado al Anteproyecto
(Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ).
Como resultante de todas estas actividades la Comisión
recibió propuestas de distintas personas y organizaciones, las que analizó,
estudió y debatió conforme se desprende del Informe Final que se adjunta al
presente con el contenido integral de las propuestas recibidas y el tratamiento
dado por la Comisión. Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad
de Ciencias Económicas y Jurídica
Como conclusión, la Comisión puso en mi conocimiento
que la opinión que pretendía se hiciera llegar a Ud. como expresión de toda la
comunidad académica de nuestra Facultad es la que fuera expresada por el Dr.
Eduardo Luis Aguirre Profesor titular regular de la cátedra Derecho Penal II de
nuestra Facultad y que se vincula a una temática de hondo contenido emotivo y
experiencial para todos los pampeanos.
En tal sentido hago saber a Ud. que la cátedra entiende
que, dada la sistemática elegida, en lo que concierne a los Delitos contra el
Medio Ambiente, la Fauna y la Flora, Título XI del Anteproyecto, artículo 204,
debería agregarse la tipificación de una conducta que resulta crucial en este
contexto histórico de la Humanidad, cual es la que, perpetrada de manera
dolosa o culposa, provocare la interrupción o degradación de un recurso
acuífero, lacustre o fluvial, que ocasione la desertificación de determinadas
superficies o contribuya a la producción de la misma.
En este sentido, cabe recordar que el artículo de
referencia describe
, de manera detallada, una serie de conductas típicas, en
cuanto se "contaminare aguas, aire o suelo, diseminare enfermedad, plaga o
especies biológica o genéticamente alteradas, con grave peligro para la salud
humana, de mortandad de animales o de alteración o destrucción significativa
de la flora.
Esas conductas, se agravan en diversos casos (Inciso 2°),
algunos de los cuales hacen referencia a supuestos en que la conducta
infractora:
a) Tornare impropia para la ocupación humana un área urbana o rural.
b) Impidiere el uso público de los ríos, lagos, o lagunas.
c) Provocare el desplazamiento, aunque fuere temporal, de los habitantes de
las áreas afectadas.
d) Causare daños directos a la salud de la población. Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad
de Ciencias Económicas y Jurídica
e) Provocare la interrupción del abastecimiento público de agua de una
comunidad.
Finalmente, la cátedra, y la Facultad toda, entiende que el
artículo debería agregar expresamente una conducta crucial en términos de
contaminación y afectación del medio ambiente, cual es la de provocar la
desertificación, interrupción o degradación de ríos, lagos o lagunas, que en
muchísimos casos ocasionan, como consecuencia directa, justamente estas
situaciones dañosas del medio ambiente que menciona el tipo penal agravado.
Es obvio que no se pretende en el caso una amplificación
del poder punitivo del Estado, sino una adecuación típica y una correcta y
detallada descripción de conductas que provocan verdaderos desastres
humanos y ambientales durante la modernidad tardía, y ponen en crisis la
convivencia armónica y el ejercicio de derechos fundamentales, provocando
incluso, en nuestro país y particularmente en nuestra provincia, la existencia de
refugiados ambientales, víctimas de estos procesos de desertificación.
Sin otro particular y esperando que estos aportes sean de
utilidad para el trascendente objetivo que el Ministerio a su cargo se ha fijado,
saluda a Ud. muy atentamente.