Al Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación Dr. Julio Cesar Alak S________/_______D 
 Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Vice Decano de la Facultad de Ciencias Económicas y Jurídicas de la Universidad Nacional de La Pampa a los efectos de hacerle llegar la opinión de nuestra comunidad académica con relación al anteproyecto del código penal elaborado por la Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, creada por el Decreto 678/2012, conforme la invitación que oportunamente se nos cursara mediante Resolución Ministerial número 567. En tal sentido debo señalar a Ud. que el Consejo Directivo de la Facultad por Resolución 087/12 dispuso la conformación de una Comisión Coordinadora para el análisis y debate del Anteproyecto del Código Penal, con una integración igualitaria de sus claustros (Guadalupe Bustos –alumna-, Mariano Gette -graduado, Alejandro Osio –docente-, Cecilia Bertole - Coordinadora área Derecho Público-, la que dispuso a tal fin la realización de una serie de actividades que a continuación se detallan. Así, el análisis y debate del Anteproyecto del Código Penal Argentino, tuvo su comienzo el día jueves 19 de Junio del corriente año a las 18 horas en el Salón Azul de la misma facultad (Coronel Gil N° 353, primer piso). En este primer encuentro, se llevó a cabo una conferencia-debate con la presencia del Dr. Roberto Manuel Carles, Coordinador de la Comisión para la Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad de Ciencias Económicas y Jurídica Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, y los Mag. Andrés Olié y Alejandro Osio, docentes de Derecho Penal de esta Facultad. La actividad fue gratuita y abierta a toda la comunidad universitaria, organismos gubernamentales, ONG’s y la sociedad en general, y tuvo por finalidad constituirse en un primer espacio de análisis del objeto en cuestión, con el fin de reseñar sus características más salientes, y detectar aquellos temas que resulten de mayor interés para el debate. Posteriormente, el lunes 23 de junio a las 19:00 horas en el Salón Azul de la Facultad, se llevó a cabo una conferencia debate con la presencia de la Doctora María Elena Barbagelata, ex Diputada Nacional por el Partido Socialista e integrante de la Comisión redactora del Anteproyecto del Código Penal. La actividad presentó similares características al anterior encuentro. Finalmente el viernes 4 de Julio a las 19:00 horas en los recintos de la FCEyJ, se desarrolló un foro debate público, con comisiones temáticas conformadas de acuerdo a lo relevado en las primeras actividades para arribar a una reflexión y discusión más profunda y específica del Anteproyecto de reforma. Además, con posterioridad a la conformación de la comisión coordinadora, la misma dispuso una casilla de correo electrónica al público en general, para receptar hasta el 6 de Julio –inclusive- opiniones, ideas, críticas y todo otro aporte relacionado al Anteproyecto (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.). Como resultante de todas estas actividades la Comisión recibió propuestas de distintas personas y organizaciones, las que analizó, estudió y debatió conforme se desprende del Informe Final que se adjunta al presente con el contenido integral de las propuestas recibidas y el tratamiento dado por la Comisión. Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad de Ciencias Económicas y Jurídica Como conclusión, la Comisión puso en mi conocimiento que la opinión que pretendía se hiciera llegar a Ud. como expresión de toda la comunidad académica de nuestra Facultad es la que fuera expresada por el Dr. Eduardo Luis Aguirre Profesor titular regular de la cátedra Derecho Penal II de nuestra Facultad y que se vincula a una temática de hondo contenido emotivo y experiencial para todos los pampeanos. En tal sentido hago saber a Ud. que la cátedra entiende que, dada la sistemática elegida, en lo que concierne a los Delitos contra el Medio Ambiente, la Fauna y la Flora, Título XI del Anteproyecto, artículo 204, debería agregarse la tipificación de una conducta que resulta crucial en este contexto histórico de la Humanidad, cual es la que, perpetrada de manera dolosa o culposa, provocare la interrupción o degradación de un recurso acuífero, lacustre o fluvial, que ocasione la desertificación de determinadas superficies o contribuya a la producción de la misma. 
 En este sentido, cabe recordar que el artículo de referencia describe
, de manera detallada, una serie de conductas típicas, en cuanto se "contaminare aguas, aire o suelo, diseminare enfermedad, plaga o especies biológica o genéticamente alteradas, con grave peligro para la salud humana, de mortandad de animales o de alteración o destrucción significativa de la flora. Esas conductas, se agravan en diversos casos (Inciso 2°), algunos de los cuales hacen referencia a supuestos en que la conducta infractora: a) Tornare impropia para la ocupación humana un área urbana o rural. b) Impidiere el uso público de los ríos, lagos, o lagunas. c) Provocare el desplazamiento, aunque fuere temporal, de los habitantes de las áreas afectadas. d) Causare daños directos a la salud de la población. Comisión Coordinadora para el Análisis y Debate del Anteproyecto Código Penal UNLPam- Facultad de Ciencias Económicas y Jurídica e) Provocare la interrupción del abastecimiento público de agua de una comunidad. Finalmente, la cátedra, y la Facultad toda, entiende que el artículo debería agregar expresamente una conducta crucial en términos de contaminación y afectación del medio ambiente, cual es la de provocar la desertificación, interrupción o degradación de ríos, lagos o lagunas, que en muchísimos casos ocasionan, como consecuencia directa, justamente estas situaciones dañosas del medio ambiente que menciona el tipo penal agravado. Es obvio que no se pretende en el caso una amplificación del poder punitivo del Estado, sino una adecuación típica y una correcta y detallada descripción de conductas que provocan verdaderos desastres humanos y ambientales durante la modernidad tardía, y ponen en crisis la convivencia armónica y el ejercicio de derechos fundamentales, provocando incluso, en nuestro país y particularmente en nuestra provincia, la existencia de refugiados ambientales, víctimas de estos procesos de desertificación. Sin otro particular y esperando que estos aportes sean de utilidad para el trascendente objetivo que el Ministerio a su cargo se ha fijado, saluda a Ud. muy atentamente.