Por Gonzalo Escobar (*)

1. El sistema educativo . El contexto del sistema educativo, no sólo el español, viene enmarcado por la fuerte y creciente tensión entre la capacitación para la realización de un determinado oficio o profesión y la formación de personas, entendidas como sujetos responsables que deben no sólo desempeñar correctamente el oficio o la profesión sino construir una sociedad que brinde oportunidades para un pleno desarrollo humano. Creo que vamos hacia un panorama educativo en el que cada vez tiene menor peso la formación de la persona. Un panorama en el que lo que interesa prioritariamente es tener trabajadores y profesionales bien capacitados para la realización de su oficio, con independencia de su formación como personas. Sin importar demasia-do sus ideas y cómo ven y entienden el mundo y la sociedad a la que pertenecen. La creciente competencia en el mercado laboral no constituye, ni mucho menos, una garantía o freno de este proceso. En este sentido, debemos ser conscientes que la criminología no está exenta de estas tensiones. Podemos asumir la formación de unos “técnicos de la criminalidad”, preocupados exclusivamente en que las cosas funcionen, más o menos eficazmente, o podemos formar criminólogos que analicen la criminalidad como el prisma a través del cual se puede ver la organización social y el papel que juega cada uno de sus componentes. En este sentido, creo que la formación del criminólogo debe orientarse a la formación de personas. Personas que, de una u otra forma, estarán destinadas a trabajar con los problemas más serios y complejos de la sociedad y que, por ende, requieren de una amplia y sólida formación. No basta la mera capacitación para un oficio determinado, ni que el instrumento del que están a cargo funcione de una determinada forma. Es preciso que ese ejercicio o actividad se ejerza desde la conciencia y el conocimiento de las implicaciones sociales que el mismo tiene. 

Un dato relevante de esta tensión se observa en la manida discusión de aquellos que dividen el mundo entre la criminología teórica y la criminología empírica, como si de dos mundos se tratasen. Uno errado y otro verdaderamente científico. Como bien se sabe, esta discusión, superada hacer ya tiempo en las ciencias naturales, refleja precisamente este intento de crear una ciencia “neutra” de valores, en la que el operador se anuncia y cree estar por fuera del contexto social y de las implicaciones de su trabajo. Ingenua neutralidad que sólo tiene por finalidad ocultar las ideas políticas y sociales que la nutren. Por el contrario, hoy sabemos que cualquier ciencia por empírica que se anuncie, y la criminología no constituye ninguna excepción, requiere como fundamento esencial la investigación básica o teórica, ya que sin hipótesis teóricas, ninguna conclusión es posible obtener de los datos. La diferencia entre un estadístico y un criminólogo, trabajando sobre las cifras de la criminalidad, no consiste en que el criminólogo obtenga mejores datos que el estadístico, consiste precisamente en que el criminólogo es capaz de extraer, de los datos, conclusiones que el estadístico no es capaz. Y esa es la formación que no debe descuidarse en la enseñanza de la criminología.
2. El Espacio Europeo de Educación Superior. Quizás el elemento más relevante del modelo del Espacio Europeo de Educación Superior, y sobre el quiero hacer referencia, es que el mismo constituye la base de lo que será, en un futuro próximo, el reconocimiento profesional de los títulos a nivel Europeo. Un título profesional de un determinado país tendrá validez en el resto de la UE no sólo en la medida en que sea un título oficial del Estado, sino en la medida en que el indicado título sea acreditado dentro de ese Espacio Europeo de Educación Superior. En este sentido, todas las titulaciones que pretendan tener esta validez deberán pasar, a los 5 años de su implantación, un proceso de evaluación.
La clave entonces viene determinada por los criterios sobre los que se basa esa evaluación. Y es precisamente en este sentido en el que deviene como elemento central las llamadas competencias y la forma en la que se demuestra que los alumnos han trabajado y adquirido esas competencias. No se trata ya de indicar qué temas y cuántas horas se han pasado los alumnos y profesores en clase, sino de ver qué saben y qué saben hacer los alumnos. Ya no se trabajará sobre el cálculo de horas de clase, sino sobre el cálculo de horas trabajadas por los alumnos y las actividades concretas que han desarrollado en esas horas y como con ellas se prende que adquieran los conocimientos y habilidades requeridas. No puedo extenderme sobre los importantes retos pedagógicos que representa este modelo y el papel que en el juegan aspectos como las tutorías, los modelos de evaluación, o de participación de los alumnos. Lo que sí aparece claramente en crisis, es la creencia de que el único y fundamental espacio de aprendizaje son las clases. Debemos recuperar la necesidad del debate y la interacción, propia de la clase, a partir de motivar e interesar a los alumnos en el debate como elemento sustancial de la formación. La determinación de las indicadas competencias del licenciado en criminología nos enfrenta a los retos propios de la formación del criminólogo en España.
 3. Los retos de la criminología en España. La historia española, marcada por 40 años de dictadura franquista, ha consolidado un sistema administrativo (y penal) cerrado. Donde el conocimiento que se proporciona desde dentro del propio sistema, y exclusivo para el propio sistema, es la única verdad atendible. Un sistema sin posibilidad de evaluación, y en el que la crítica es entendida como un ataque. Las cárceles siguen siendo espacios cerrados a la investigación criminológica y los datos oficiales son difíciles, cuando no imposibles, de conseguir. El avance hacia el cambio en los años de democracia ha sido lento y no exento de dificultades. Así, dentro del propio sistema, se ignora la figura del criminólogo como profesional. Y las actividades que debería realizar ese profesional son distribuidas a otros profesionales en función a quien aparentemente tiene más tiempo o directamente por personal no profesional o voluntario. Un ejemplo claro de esta ausencia/ignorancia del criminólogo como profesional se puede ver en el centro de atención de violencia de género, creado recientemente en Girona, como modelo a nivel estatal, para dar un tratamiento “integral” a la mujer víctima de violencia de género, y en el que el equipo profesional está integrado por personas del campo de la psicología, el trabajo social, el jurídico, la educación, pero brilla por su ausencia, una persona profesional con formación criminológica. Incorporar pues al criminólogo es el primer reto y para ello, creo que conviene diferenciar dos colectivos a la hora de plantearnos la formación del criminólogo. Por un lado, aquel colectivo del alumnado cuya formación básica será la criminología. Y por el otro, aquel colectivo del alumnado que tienen una formación básica en otra licenciatura (derecho, psicología, trabajo social, sociología, etc.) pero que deben complementarla con los estudios de criminología, para poder ejercer esa profesión básica en ámbitos relacionados con la criminalidad. De esta forma, el panorama de profesiones que se nos presenta viene configurado por: el Criminólogo, el Psicólogo-Criminólogo y el Psicólogo.  En este contexto, las actividades relacionadas con el mundo de la criminalidad, deberán ser trabajadas, en principio por los licenciados en criminología. Semejante a lo que ocurre con el resto de profesiones, deberá regularse la del criminólogo, en la que se deberán establecer aquellos actos propios y exclusivos del criminólogo. Estamos, pues, ante una excelente oportunidad para profesionalizar de una vez por todas aquellas actividades que, como la ejecución de penas, deben ser desarrolladas por personas con formación criminológica. Así mismo, se debe exigir formación criminológica cuando el ejercicio de otra profesión, vgr., como la psicológica, se desarrolle sobre cuestiones relacionadas con la criminalidad. En estos casos, la persona que realiza el trabajo como psicóloga, deberá además ser criminóloga. O por lo menos deberá tenerse en cuenta dicha preparación. Nos referimos, por ejemplo, al caso de la persona que trabaja, por ejemplo, como psicóloga en problemas relacionados con la violencia de género, deberá contar además de su formación psicológica, con los conocimientos propios de la criminología. Una doble titulación, que con el nuevo panorama de los títulos Europeos será una realidad cotidiana. En tercer lugar, estarán aquellos profesionales que de forma puramente tangencial, y en ningún caso en materias reservadas exclusivamente al criminólogo, se ocupan de aspectos que tengan alguna relación con la criminalidad. En estos casos, el trabajo se realiza desde la perspectiva profesional, diferente a la criminología, y su relación con la criminalidad es puramente tangencial o circunstancial. Vgr., médico que trabaja en centro de desintoxicación.
Bajo este panorama, no es difícil concluir, en una primera aproximación, que deberá requerirse formación criminológica, o bien la doble titulación, en aquellos ámbitos que tengan que ver con el núcleo del fenómeno criminal: sus sujetos, delincuente – víctima; el delito, como hecho soc ial; y el Sistema penal, como el complejo instrumento para hacerle frente, y en el que deben incluirse todos aquellos mecanismos de gestión y resolución de conflictos, alternativos a la punición, como la mediación . En este ámbito deben determinarse los espacios en los que debe exigirse la formación criminológica o la doble titulación. Así como los espacios en los que se debe requerir la colaboración o por lo menos un informe preceptivo de un criminólogo. Dentro de este núcleo, una segunda zona de reflexión la constituye todo el ámbito de la prevención. Y una tercera zona que la constituye el ámbito de la seguridad, pública y privada. Cabe pensar que, por ejemplo, las personas encargadas de la seguridad pública tanto en los gobiernos locales, autonómicos y estatales deben contar con esa formación. No debemos descuidar, por último, el campo de la investigación, que constituye uno de los aspectos básicos del papel del criminólogo. Tanto desde la perspectiva de la investigación del hecho criminal (criminalística), como y fundamentalmente desde la perspectiva de la investigación básica (teorías criminológicas) y de la investigación aplicada (las cifras de la criminalidad, el funcionamiento del Sistema y de la realidad social que lo envuelve). Investigación que debe abarcar, siempre y en todo caso, la evaluación de las políticas y prácticas criminológicas. En todos estos ámbitos, y como una cuestión transversal se requiere incorporar, de una vez por todas, mecanismos profesionales de evaluación de las políticas y ac tuaciones. Profesionales que, en estas zonas, deben tener formación criminológica. Finalmente, a estos retos que se perfilan desde el punto de vista profesional, debemos añadir los retos desde el punto de vista formativo. A pesar de la evolución democrátic a en España, la Universidad española, paradójicamente, aparece, en determinados aspectos, como un foco de resistencia a esos avances. Esto comporta que las titulaciones no siempre se desarrollen y planifiquen según las necesidades y requerimientos de las titulaciones, sino en consideración a factores como distribución de poderes entre los Departamentos, las plantillas, la carga docente, etc. En este sentido, consideramos que no es suficiente que los planes de estudios no se vinculen con las áreas de conocimiento, tal y como parece finalmente que se fijarán las directrices del Ministerio; sino que se hace necesario que finalmente se reconozca e incorpore la criminología dentro del listado de áreas de conocimiento. Lo que no parece deseable y constituye un claro obstáculo para la adecuada programación y desarrollo de la licenciatura es tener que moverse entre un complejo mundo departamental, con intereses diversos y en ocasiones contrapuestos, quedando las decisiones pedagógicas y formativas condicionadas a las dinámicas del poder y los intereses de cada Departamento. En este sentido y de forma muy sintética para no extenderme demasiado, creo que debemos tomar conciencia y trabajar en acciones como: Generar condiciones: Reconocer de una vez por todas la criminología como área de conocimiento, permitiendo de esa forma que profesores con diversa formación básica (derecho, psicología, sociología, educación, trabajo social, etc.), puedan concurrir en un Departamento precisamente porque se dedican a la docencia e investigación en criminología. Lo que permite integrar verdaderos equipos multidisciplinares de trabajo. Evitando con esto, que la formación del criminólogo se convierta en una parcela del poder y se vea finalmente determinada por intereses internos, ajenos a la propia formación. Eliminar resistencias. Romper el tradicional secretismo institucional. Logrando que las instituciones elaboren y distribuyan la información y los datos que resultan de su funcionamiento. Permitiendo que el sistema y su funcionamiento sea observado y evaluado por personas externas al mismo. Aceptando la evaluación como un elemento consustancial de su propio quehacer cotidiano. Profesionalizar el sistema. Con todas las reservas y los cuidados que requiere el tema del control profesionalizado, conviene abandonar la idea de que el sistema penal y los espacios que lo rodean, pueden ser ocupados por voluntarios o por aquel personal excedente según cada lugar y momento.
4. Un reflexión desde Girona. Con el fin de afrontar estos retos la Licenciatura en Girona se ha configurado, desde un comienzo en 2003, adaptada al nuevo modelo europeo. Todas las asignaturas se han planificado y estructurado a partir del crédito europeo, que en su referente fundamental tiene en cuenta el tiempo de trabajo del alumno. En este sentido, hemos contado con la inestimable colaboración de profesores de la Universidad de Rótterdam y de la Universidad de Manchester. Afortunadamente, en Girona la constitución del estudio de criminología no ha significado un enfrentamiento de grupos de poder, a pesar de que su puesta en marcha ha padecido el déficit destacado de la falta de área de conocimiento, lo que ha conllevado la necesidad de contar con un conjunto de Departamentos que intervienen en la configuración de la plantilla, lo que han comportado un enorme esfuerzo e inversión de tiempo. Con todo, la dificultad mayor ha sido encontrar, dentro del ámbito académico, personas con formación criminológica, debido al retraso o ausencia de la criminología en España. Para conseguir los objetivos de formación intelectual y capacitación profesional propuestos, hemos perfilado el estudio bajo tres pilares básicos. En primer lugar, la multidisciplinariedad. Uno de los potenciales fundamentales del criminólogo es precisamente su formación multidisciplinar. El criminólogo sin ser un jurista, un psicólogo, un educador…, tiene conocimientos de cada uno de esas disciplinas y puede sentarse en una mesa de trabajo con todos ellos y servir de punto de encuentro entre ellos. En este contexto, resulta igualmente básico el aprendizaje del trabajo en equipo. Para potenciar este aspecto interdisciplinario varias de las asignaturas se desarrollan por un equipo multidisciplinar de profesores, lo que si bien exige un gran esfuerzo de coordinación y una evidente muestra de trabajo en equipo, ha reportado un gran resultado. El segundo de los pilares es el acento en los aspectos preventivos y de gestión y resolución de conflictos por vías alternativas al sistema penal. Uno de los espacios fundamentales para el criminólogo es el de la prevención, un espacio prácticamente sin experiencia en nuestro país fuera del ámbito policial; así como el de la gestión y resolución de conflictos por procedimientos como el de la mediación. En este sentido, la asignatura de prevención se imparte en su totalidad por profesores de universidades extranjeras y tenemos dos asignaturas optativas, de una oferta de ocho, destinadas a la formación en gestión y resolución de conflictos y en la mediación. Actualmente el profesional más demandado en la sociedad española es el mediador. Un profesional que, en problemas relacionados con la criminalidad, debe exigírsele, antes que una formación psicológica o de cualquier otro tipo, una formación criminológica. Finalmente, el tercer pilar lo hemos estructurado en las prácticas externas. Estamos desarrollando una estructura de prácticas externas que tiene un doble propósito. Por un lado, el claramente formativo para el alumnado, en el que no sólo deberá aplicar los conocimientos adquiridos, sino que deberá ver las actividades y los servicios que, como profesional, puede prestar en diversos ámbitos, tanto institucionales, como de la sociedad. Y por otro lado, cumple igualmente la función pedagó- gica hacia las propias instituciones a fin de que vean lo que hace y puede hacer un criminólogo. Un conocimiento que aun hoy no se tiene, pues generalmente la sociedad española identifica al criminólogo bien con un criminalista o bien con un policía. Un modelo que se nutre de lo que hasta el momento ha sido el elemento central de la criminología en España. No quisiera finalizar sin hacer referencia al modelo semipresencial por el que hemos apostado. Un modelo en el que el 50% de las horas de trabajo del alumno (crédito europeo) se programa en aprendizaje tutorizado y el otro 50% en autoaprendizaje. En ese aprendizaje tutorizado se cuentan las clases y las tutorías y en el 50% correspondiente al autoaprendizaje se desarrolla mediante un material virtual que denominamos unidades de aprendizaje y el material de lectura. Asimismo, hemos incorporado un sistema de evaluación continuada, en la que todas las asignaturas participan, y en el que ninguna nota parcial puede tener un valor superior al 40% del total. Este sistema, en realidad está pensado más desde la óptica de los créditos europeos que en la semipresencialidad como tal. Pero en todo caso, que nadie se engañe, este modelo de semipresencialidad implica, y así lo han constatado todos los profesores que se han implicado en este proceso, una carga de trabajo muy superior a la de los estudios tradicionales. En este modelo el profesor no se puede limitar a preparar e impartir sus clases y luego corregir el examen final. En este modelo, además de prepararse e impartir las clases y de corregir el examen final, los profesores han tenido que aprender a dominar técnicas del aprendizaje a distancia, planificar la asignatura en función de las competencias a trabajar y las actividades que considere adecuadas para esos objetivos; la elaboración de aproximadamente 12 unidades de aprendizaje (materiales en la web) que deben comportar, cada una, 6 horas de trabajo del alumno y que a su vez se acompañan con actividades de evaluación; la tutorización y seguimiento del desarrollo de cada alumno de las diversas unidades y la evaluación de sus actividades; la elaboración de los dossiers de lecturas correspondientes. Requiere así mismo una mayor dedicación a las tutorías, y a la gestión y evaluación de un conjunto de pruebas. En resumen, debemos lograr una formación académica integral en consonancia con una formación de profesionales competentes. Asimismo, es necesario lograr un reconocimiento académico y social. Siendo un primer paso, imprescindible, el reconocimiento de la criminología como área de conocimiento. Y apostar decid idamente por que los estudios de criminología en España estén plenamente reconocidos dentro del Espacio Europeo de Educación Superior. Todos estos objetivos son, en definitiva, retos para los criminólogos y para el conjunto de la Universidad española.

(*) Doctor en Derecho. Coordinador de los Estudios en Criminología. Universidad de Girona

Artículo publicado en Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología REFLEXIONES ISSN 1695-0194. 2006 y reproducido con la autorización del autor.