Por Dalmiro Arosteguichar; Daiana Belén Vázquez y Álvaro Ruggiero (*)

TITULO V: LA CARCEL: ¿MEDIO RESOCIALIZADOR O DE
CASTIGO?
Siguiendo a Baratta, podemos decir la cárcel funciona (para algunas ideologías) para retribuir a los infractores y para aislarlos de la sociedad a la que agredieron y no para hacer efectivos los paradigmas de resocialización, a los que debe aspirar el derecho penal y realizar todo lo necesario para alcanzar este fin.
En términos de este autor “La reintegración social del condenado no puede perseguirse a través de la pena carcelaria, sino que debe perseguirse a pesar de ella, o sea, buscando hacer menos negativas las condiciones que la vida en la cárcel comporta en relación con esta finalidad”.
En aras de este objetivo, se debe tender, según Baratta, al principio político de la apertura de la cárcel hacia la sociedad y, recíprocamente, de la apertura de la sociedad hacia la cárcel.
Es necesario en consecuencia que la cultura de los operadores de los servicios penitenciarios cambie y que se redefina la concepción social sobre el problema de la cárcel para que ésta no resulte ser un medio de castigo para los que allí están o se encuentran sino, muy por el contrario un medio en el cual los presos adquieran los elementos necesarios para volver a vivir en el seno de la sociedad en armonía con sus principios.



PARTE II: ESTADÍSTICAS.

TITULO I: ESTUDIO DE LAS TASAS DE ENCARCELAMIENTO.
Haciendo un análisis a nivel regional, observamos que Brasil pasó de 114.377 presos en al año 1992 a 469.807 a mediados de 2009 (TE de 243), cuadruplicando la población encarcelada en sólo 17 años, con superpoblación en cárceles de hombres de un 55 % y de mujeres en un 74 %, y con un alarmante porcentaje de presos entre los 18 y los 24 años: 50,8 %, lo que traduce una fuerte política represiva hacia la juventud pobre favelizada (en Argentina este sector representa un 26 % de la población carcelaria). Finalmente, la Argentina presenta una TE de alrededor a los 152,5 pasando de los 21.016 presos en el año 1992 a 60.611 en el 2008 (incluye presos en comisarías y dependencias de Prefectura y Gendarmería).
Si desagregamos la población carcelaria de nuestro país encontramos que la mayor cantidad de personas presas se encuentra en el Sistema Penitenciario bonaerense con unos 24.139 presos en el año 2008 (TE alrededor de 166), luego le sigue el Servicio Penitenciario Federal con unos 9149 prisionizados y continúa el Servicio Penitenciario cordobés con 5128 personas detenidas (TE de alrededor de 173). Sin embargo la TE más alta la presenta la provincia de Neuquén con alrededor de 200 cada 100 mil habitantes. Otro de los datos preocupantes lo representa el notoriamente elevado porcentaje de procesados que se encuentran detenidos en cárceles y comisarías, lo que puede interpretarse como un signo más de las políticas punitivas de las últimas décadas. En este sentido la provincia de Buenos Aires superó el 80 % de los detenidos en prisión en carácter de procesados, lo que la ubica en el nivel más alto de América Latina.
A continuación, mostramos las estadísticas sobre este tema del SPF correspondientes al mes de abril de 2012: En lo que respecta a edades, las cárceles de la Provincia de Buenos Aires tuvieron un descenso en el promedio de la edad de los reclusos de 31 a 21 años entre 1984 y 1994 y estudios recientes lo ubican en los 19 años. Pasando revista ahora a los índices de actividad delictiva en Argentina, La Provincia de La Pampa lidera (ba) los indicadores oficiales de decrecimiento de la actividad delictiva (-7,2% durante el 2001 en comparación con el 2002); posee uno de los guarismos más bajos del país respecto de delitos graves y además su sistema judicial es el que más alto porcentaje exhibe en la relación entre delitos denunciados y sentencias condenatorias). No obstante estas evidencias, paradójicamente, el único establecimiento de internación de menores, construido hace menos de una década (supuestamente para afirmar en toda su dimensión las ideologías “re”, tal como se lo concibió y enunció) con una capacidad para 16 internos, tiene a la fecha más de treinta. Y el dato cualitativo que surge al desagregar los delitos por los cuales han sido internados termina poniendo la descubierto la
lógica de la selectividad del sistema: en el mes de setiembre de 2001 había un solo residente internado por homicidio, dos por tentativa de homicidio, una violación y el resto eran menores acusados de perpetrar delitos contra la propiedad. Había niños de tan sólo 13 años de edad y diez de ellos vivían en
la calle antes de ser institucionalizados.
La Unidad 30 del Servicio Penitenciario Federal (sita también en la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Pcia. de La Pampa), destinada a albergar menores de 18 a 21 años, con las excepciones de los artículos 197 y 198 de la Ley 24660 (que permite discrecionalmente que los internos “informados favorablemente” por la administración residan allí hasta los 25 años), poseía al 31 de octubre del 2001, 18 jóvenes alojados. De entre ellos, seis estaban condenados, en todos los casos por delitos contra la propiedad. Otros diez estaban procesados, también por delitos contra la propiedad. Otros dos, finalmente, estaban internados “a disposición” (esto es, ni condenados ni procesados) de los juzgados de menores, uno por delitos contra la propiedad y uno sólo por homicidio. El 90% provenía de familias de constitución irregular y un porcentaje análogo tenía estudios primarios incompletos (Estos datos no son actuales, ya que corresponden a un trabajo publicado en el año 2005).
Continuando con el análisis de estadísticas sobre criminalidad en esta provincia, Según los primeros datos recogidos por el Ministerio Público de la Defensa, la tasa de encarcelamiento en la Provincia de La Pampa se incrementó en un año en un 12,18 % y pasó de 110,67 presos a 124, 15 cada 100.000 personas. Esto implica una evolución de 353 personas privadas de libertad al 19 de diciembre de 2011, contra 396 al día de la fecha (2012). Según el doctor Eduardo Luis Aguirre, de mantenerse esta proyección, en cuatro años el aumento de detenidos sería de 58,36%.
Por otra parte, La cantidad de reclusos alojados fuera de nuestra Provincia ha aumentado también en forma considerable: De un total de 232 internos con condena dictada por tribunales de la justicia provincial, 169 se encuentran alojados en dependencias del Servicio Penitenciario Federal. De ellos, 97 se encontrarían en la Unidad 4 con asiento en la ciudad de Santa Rosa, y 69 han sido destinados a establecimientos carcelarios nacionales situados fuera de la Provincia. En materia de niños y niñas en conflicto con la ley penal, se ha verificado un aumento similar. En 2011 había 9 chicos en el IPESA, y al finalizar 2012 había 14.
Profundizando en el tema, podemos decir que, según el último censo nacional, la Provincia de la Pampa posee 318.951 habitantes, el indicador de prisionización era de 110,67 presos cada cien mil habitantes, sensiblemente menor al promedio argentino.
En la Primera Circunscripción Judicial había 199 personas privadas de libertad, 23 de las cuales se encontraban alojadas en establecimientos provinciales ubicados en otras provincias.
En la Segunda Circunscripción había 67 detenidos y 18 en la III Circunscripción. Si a ello sumamos que la Justicia Federal (integrada por el Juzgado Federal de Santa Rosa y el TOF) tenía 61 personas privadas de libertad (9 de las cuales se encontraban en prisión domiciliaria), la tasa de encarcelamiento
había descendido notablemente respecto de los estándares de años anteriores, donde se alcanzaban indicadores de hasta 166 presos cada 100.000 habitantes.

CONCLUSIÓN
Luego de haber analizado detenidamente la situación actual del sistema carcelario argentino, según las fuentes consultadas y en comparación con el precepto constitucional del Articulo 18 y su reglamentación en el articulo 1° de la ley 24660, llegamos a la conclusión de que los mismos no son
respetados ya que las cárceles no funcionan en obediencia al fin resocializador que persigue la mismísima Carta Magna toda vez que los detenidos en ellas sufren tratos inhumanos y viven en condiciones degradantes tanto para su salud física como psíquica.
Nosotros creemos que si a partir de ahora el sistema carcelario comenzara a cumplir con su cometido (resocializar) prestando un servicio que haga dignas las condiciones de vida de los reclusos como así también preparándolos para su futura reinserción en la sociedad, el tiempo hará ver los frutos de un correcto respeto al orden constitucional y a la dignidad humana, lo cual se vería reflejado en la disminución de la tasas de encarcelamiento teniendo en cuenta que gran parte de los presos son reincidentes, con lo que la prisión dejaría de ser una escuela del delito para pasar a convertirse en una institución de resocialización.

* Alumnos de la Carrera de Abogacía de la UNLPam.