Por Eduardo Luis Aguirre

“Nuestro principal objetivo es que nuestros estudiantes aprendan a pensar de modo crítico e independiente. El abogado que se limita a memorizar y repetir no resalta; el abogado que piensa brilla. Ya nos contaba Jorge Luis Borges en “Funes el memorioso” que Funes no podía pensar, porque se dedicaba exclusivamente a memorizar todos los detalles. Decía Borges que “pensar es olvidar diferencias, es generalizar, abstraer”. Queremos menos Funes y más pensadores” (1).



“Me han dicho varias veces que no parezco un abogado, lo cual es un gran cumplido para mí. Creo que Carlos Nino tuvo bastante que ver con eso” (2).

El 30 de agosto se conmemoró  un nuevo aniversario de la temprana muerte del profesor Carlos Santiago Nino (1943-1993), uno de los pensadores más brillantes del derecho argentino del siglo pasado.

El inolvidable autor de “Los límites de la responsabilidad penal”, “Juicio al mal absoluto”  y  “Un país al margen de la ley”, entre otras obras de extraordinaria valía, fue uno de los pensadores que debieron dar forma jurídica a hechos políticos decisivos de la novel democracia argentina.

Designado por el Presidente Raúl Alfonsín Coordinador del Consejo para la Consolidación de la Democracia, este notable filósofo del derecho alcanzó un protagonismo determinante  en el enjuiciamiento a los máximos responsables de las violaciones a los derechos humanos cometidas por la última dictadura cívico militar argentina, especialmente en la articulación y diseño del juicio a las juntas, el alcance de la justicia retroactiva y sus connotaciones morales, políticas y jurídicas y, en especial, sobre la delimitación de las distintas responsabilidades de quienes perpetraron aquellos crímenes de masa. Toda una semblanza del rol esperable de un intelectual orgánico en una república.

Lamentablemente, la mayoría de las crónicas y biografías sobre Nino dan escasa cuenta de un aspecto medular de su pensamiento: el reconocimiento de la debilidad del pensamiento crítico en las escuelas de derecho argentinas. La verdad es que este jurista de la democracia argentina reconocía a la falta de una crítica intelectual seria como una de las falencias más notables de nuestras academias jurídicas (3). Y, además, consideraba que el pensamiento crítico no solamente adquiría un valor trascendental en el plano científico y académico, sino que  también constituye un aspecto central en el funcionamiento del sistema democrático.

Es comprensible que después de tres décadas de democracia ininterrumpida en la Argentina, algunos puedan preguntarse si no significa una apuesta riesgosa rescatar de Nino, justamente, su respeto por el pensamiento crítico. O, incluso, negar la condición crítica de este profesor eminente si la medimos con las coordenadas de una sociedad democrática de más de 30 años de trabajosa consolidación.

El criticismo de Nino pone en tensión la singularidad de una institucionalidad asediada por los mismos grupos fácticos que debería desmontar y la profundización ulterior de un pensamiento compatible con formas democráticas más inclusivas que coincidieron durante una década en muchos países de América Latina.

Aceptada que sea la trascendencia que Nino asigna al pensamiento desacralizador del derecho, igualmente podríamos intentar actualizar -en un injusto ejercicio de síntesis-  la noción de pensamiento crítico, evocándolo ahora en clave emancipadora y contrahegemónica. O sea, desde una zona de confort intelectual diferente de la que signó el protagonismo histórico de Nino.

Hay un axioma básico, en ese sentido, que debería ser explicado a los estudiantes de abogacía en las primeras oportunidades en que asisten a clase: el derecho es política.

Y luego, debería explicárseles también, aunque con mayor detalle, que el derecho no es neutral, que su función es reproducir las jerarquías sociales y naturalizar las relaciones de producción y explotación de una sociedad, y que por eso mismo es selectivo, clasista, patriarcal y conservador.

Sin embargo, y no casualmente, estos conceptos los incorporan los estudiantes bien avanzada su carrera, y la mayoría de las veces por imperio de la impronta solitaria y aleatoria con la que algunos docentes imparten sus cursos.

Infortunadamente, predicar en el desierto, a esa altura, ya no sirve. O sirve en muy pocas ocasiones. En la mayoría de los casos, el conservadurismo jurídico ya ha hecho su trabajo valiéndose de sus aliados fundamentales: el formalismo, el ritualismo y el dogmatismo. De esa manera, pensar en un derecho emancipador es una quimera sepultada por centenares de horas cátedras y la lectura tediosa de libros generalmente iguales, por fuera y por dentro. Después de ese trajín memorístico, hasta los espíritus más elevados y solidarios comienzan a naturalizar objetivos de éxito personal, de la mano de ilusiones de integrar grandes bufetes, empresas u obtener el amparo del estado en cualquiera de sus agencias. Y entonces se transforman en devotos de un nuevo fetiche: la carrera. El proceso de alienación y cooptación de la conciencia crítica se habrá impuesto, y la internalización de un sentido social del ejercicio de la profesión jurídica habrá sido definitivamente cancelada.

El ciclo académico se cierra, en la mayoría abrumadora de los casos, con estos desalentadores guarismos. Colapsa la noción foucaultiana del derecho como "productor de verdad”, naufraga el apego políticamente correcto a los derechos y garantías constitucionales, y muestra su opacidad la rapidez para balbucear ciertas categorías jurídicas que demuestran la aptitud de subsumir discursos y prácticas "en clave de derechos humanos".

Un profesor que, como dice Duncan Kennedy (4), ha elegido esta profesión y pretende ser fiel a la misma desde una perspectiva crítica, debe saber que dará su pelea en un territorio hostil, y que deberá seguir esculpiendo su utopía sin posibilidades de deserción. Justamente porque su objetivo es contribuir a alterar un sentido común y un
sistema de percepciones conservador e injusto. La enorme resistencia al cambio  de gran parte de la academia argentina respecto de la que advertía Nino.

Para eso, ese docente deberá intentar desmontar los mitos del derecho neoliberal, que suponen que el sistema jurídico imperial, sus códigos y leyes tendientes a la reproducción de los vínculos sociales asimétricos son "normales" y poseen una suerte de ontología propia. El desafío radica, justamente, allí. En demostrar con la mayor creatividad posible y con incansable convicción que el capitalismo es contingente, y que todas sus instituciones, políticas, culturales y jurídicas, pueden ser puestas en discusión.

(1) Sitio web de la Maestría en Derecho Penal de la Universidad Torcuato Di Tella, disponible en http://www.utdt.edu/ver_contenido.php?id_contenido=1763&id_item_menu=3703

(2) Andrés Rosler: Muy modesto homenaje a Carlos Nino en el día del abogado. Disponible en http://lacausadecaton.blogspot.com.ar/2017/08/muy-modesto-homenaje-carlos-nino-en-el.html

(3) http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/lye/revistas/entrevista-nino.pdf

(4) La enseñanza del derecho, siglo XXI editores, 2012, p. 49 a 56.